Decreto 375/2021

Fecha de publicación09 Junio 2021
SecciónDecretos
EmisorSISTEMA ÚNICO NORMALIZADO DE IDENTIFICACIÓN DE TALLES DE INDUMENTARIA


Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-76089610-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.521, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que los consumidores o las consumidoras y usuarios o usuarias de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados y al control de los monopolios naturales y legales.

Que la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores.

Que esta temática ha cobrado una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la Pandemia del COVID-19.

Que con la finalidad de generar el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria, corresponde dictar las normas reglamentarias necesarias que permitan la operatividad de los preceptos establecidos en la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a los fines de su inmediata aplicación y puesta en conocimiento de las consumidoras y los consumidores de todo el territorio nacional.

Que, a tales efectos, resulta procedente asignar el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que resulta necesario reglamentar aquellas cuestiones indispensables referidas al Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), al etiquetado de la indumentaria y la cartelería comercial, al Estudio Antropométrico, a las campañas de educación y sensibilización, a las prácticas abusivas y el régimen sancionatorio aplicable por infracciones a la referida Ley.

Que, asimismo, se contempla la creación de un Consejo Técnico Consultivo cuya función será la de pronunciarse sin efecto vinculante sobre cuestiones relevantes que le...

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