Decreto 503/2008

Fecha de disposición31 Marzo 2008
Fecha de publicación31 Marzo 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31374

Desígnase Vicepresidente.

Bs. As., 26/3/2008

VISTO el Expediente S01:0018327/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los decretos Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 13 de fecha 12 de enero de 2005 se designó al Señor D. José Luis BEZI (M.I. Nº 10.874.061) como Vicepresidente del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA), organismo descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Decreto 504/2008

Dase por designado Gerente de Control.

Bs. As., 26/3/2008

VISTO el Expediente Nº 024-99-81115595-7-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.337 y el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:

Que el Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, solicita la designación del Dr. D. Daniel Gustavo REPOSO, desde el 1º de enero de 2008, para desempeñarse en el cargo de Gerente de Control de dicho Organismo, asignándole la categoría de revista correspondiente al Nivel G-03 de esa Administración Nacional, en el marco de la escala retributiva para el personal extraconvencionado de conducción superior establecida en el Decreto Nº 1129/97.

Que fundamenta tal petición, que el precitado profesional reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley citada se establece que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 10, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO...

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