Decreto N° 134

EmisorMrio Turismo
Fecha de la disposición30 de Enero de 2012

DECRETO N° 134

Mendoza, 30 de enero de 2012

Visto el expediente 3033-M-2011-18004 en el que se tramita la aprobación de la estructura organizativa del Ministerio de Turismo, creado por Ley N° 8385; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en los arts. 6° y 8° del Decreto Acuerdo N° 3634/11; se autoriza a los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo a modificar las estructuras orgánicas vigentes;

Que en virtud de la Ley N° 8385, se eleva el rango de Secretaría a Ministerio de Turismo, por lo que se hace necesario adecuar la estructura a las nuevas necesidades, mediante la creación de nuevos cargos;

Que por la razón expresada, la presente norma encuadra en la excepción dispuesta en el art. 1° del Decreto Acuerdo N° 01/12.

Que por lo expuesto y en virtud de lo establecido en el art. 65 de la Ley N° 8399, los arts. 31 y 46 del Decreto Acuerdo N° 110/12;

Por ello;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese la nueva estructura organizativa del Ministerio de Turismo según el organigrama que como Anexo I forma parte integrarte de este decreto.

Artículo 2°

Modifíquese la Planta de Personal de la Administración Pública Provincial según la nueva estructura organizativa y créense en el Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión los cargos que se detallan según Anexo II, que forma parte del presente decreto.

Artículo 3°

Establézcanse las siguientes funciones básicas de las unidades organizativas que se mencionan, sin constituir una enumeración taxativa; de acuerdo al Anexo III que forma parte del presente decreto.

Artículo 4°

Mediante Resolución, el Ministro de Turismo aprobará la nueva estructura organizativa de sus dependencias a partir de los niveles de Subdirección.

Artículo 5°

Notifíquese el presente decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración.

Artículo 6°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Javier R. Espina

ANEXO I

Expediente Nº 3033-M-2011-18004 - Decreto Nº 134

ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE TURISMO

ANEXO II

ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE TURISMO

Expediente Nº 3033-M-2011-18004 - Decreto Nº 134

1

20

01

–

–

01

1

00

05

080

01

Subsec. de Desarrollo Turístico

U.G.C. ST1000-41101-000

U.G.E. ST0001

1

20

01

–

–

01

1

00

05

080

01

Subsec. de Promoción Turística

U.G.C. ST1000-41101-000

U.G.E. ST0001

1

20

01

–

–

01

2

00

11

078

01

Jefe Asesores de Gabinete

U.G.C. ST1000-41101-000

U.G.E. ST0001

1

20

01

–

–

01

2

00

09

076

01

Director de Servicios Turísticos

U.G.C. ST1000-41101-000

U.G.E. ST0001

1

20

01

–

–

01

2

00

09

076

01

Dir. de Prom. y Relaciones Instituc.

U.G.C. ST1000-41101-000

U.G.E. ST0001

ANEXO III

Expte. Nº 3033-M-2011-18004 - Decreto Nº 134

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE

PROMOCION TURISTICA

MISION

Planificar y desarrollar las políticas y acciones tendientes a la promoción del turismo interno y receptivo, promoviendo la integración regional.

FUNCIONES

  1. Planificar y desarrollar las acciones destinadas a la promoción y comercialización del turismo.

  2. Generar las acciones inherentes al diseño, desarrollo, mantenimiento sistémico y distribución provincial, nacional e internacional de la base de información turística en la búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la información que la conforma.

  3. Planificar las acciones relacionadas con la información, difusión y promoción de la oferta turística provincial en el marco de las estrategias de comunicación que se establezcan.

  4. Promover las actividades turísticas como una herramienta para el desarrollo cultural económico y social.

  5. Generar formas de participación y coordinación con el sector privado en la promoción y el desarrollo de actividades turísticas.

  6. Promover la integración turística a nivel regional, nacional e internacional.

  7. Fomentar y promocionar la actividad turística provincial apuntando al turismo receptivo nacional e internacional.

  8. Proponer al Ministro declaraciones de interés turístico, fiesta provincial y nacional y auspicios, relacionadas con lugares y acontecimientos turísticos.

  9. Diseñar y ejecutar planes y programas en materia de promoción turística.

  10. Entender en las actividades vinculadas con el diseño, producción, control de calidad y distribución del material promocional gráfico, fotográfico, multimedia y audiovisual, y en la determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la ejecución de campañas de difusión y publicidad.

  11. Proponer al Ministro el otorgamiento de apoyos económicos a entidades públicas y privadas para la realización de acciones promocionales del turismo interno.

  12. Proponer al Ministro la realización de convenios con entidades públicas y privadas para la promoción turística.

  13. Entender en las acciones tendientes a la promoción del turismo interno.

  14. Ejecutar las acciones destinadas a la promoción y comercialización del turismo, y dirigir la ejecución de los planes establecidos para promover la demanda del turismo interno.

  15. Proponer al Ministro el Plan Anual de Acciones Promocionales y promover la participación en Congresos, Ferias, Exposiciones, Eventos especiales, Encuentros de comercialización y cualquier otro tipo de reunión en la provincia y el país, apoyando la comercialización de destinos y productos turísticos, y colaborando con los sectores específicos provinciales, municipales y de la actividad privada.

____

ANEXO III

Expte. Nº 3033-M-2011-18004 - Decreto Nº 134

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE

DESARROLLO TURISTICO

MISION

Planificar estratégicamente el desarrollo de la actividad turística en base a un ordenamiento sostenido de la oferta y demanda turística, propiciando inversiones en el sector.

FUNCIONES

  1. Impulsar la materialización, ordenamiento y desarrollo de la inversión de capitales a través de emprendimientos y obras turísticas a realizar por la actividad pública y privada.

  2. Consolidar la sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.

  3. Atraer inversiones para el desarrollo de la capacidad turística instalada.

  4. Potenciar la oferta turística de Mendoza a través del impulso de nuevos productos turísticos que apunten a la innovación y al desarrollo.

  5. Asistir al Ministro en el planeamiento estratégico de la actividad turística.

  6. Asistir al Ministro en el diseño de acciones destinadas a la obtención de información estadística y a la ejecución de estudios y análisis de mercado en materia turística.

  7. Proponer al Ministro políticas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente, a efectos de satisfacer y desarrollar la demanda en un marco de integración provincial, regional y nacional que sirva de fundamento a las políticas de desarrollo turístico provincial.

  8. Asistir al Ministro en la definición de las estrategias para el desarrollo de productos turísticos.

  9. Instrumentar normativas de procedimientos eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista y a la prevención y solución de conflictos en el ámbito mencionado.

  10. Instrumentar medidas que otorguen facilidades para que todos los sectores de la sociedad puedan acceder al turismo en todas sus formas en condiciones adecuadas y propicias.

_____

ANEXO III

Expte. Nº 3033-M-2011-18004 - Decreto Nº 134

MINISTERIO DE TURISMO

DIRECCIONES DEPENDIENTES DEL MINISTRO

DIRECCION DE ADMINISTRACION

MISION

Administrar el uso de los recursos materiales, humanos y financieros del Ministerio de Turismo con el objeto de lograr la concreción de sus fines.

FUNCIONES

  1. Gestionar las acciones necesarias para que cada uno de los ejes estratégicos planteados por el Ministerio se lleven a cabo.

  2. Resguardar la función del Ministerio en el cumplimiento de los requisitos legales, técnicos, administrativos y contables, según la normativa vigente.

  3. Optimizar la gestión de los recursos, como elemento fundamental en el cumplimiento de las metas del Ministerio.

  4. Supervisar administrativa, técnica y contablemente las piezas administrativas de las áreas dependientes del Ministerio.

  5. Controlar la ejecución presupuestaria.

  6. Tramitar subsidios concernientes a instituciones...

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