Decreto 352 de 10 de Marzo de 2005

La Plata, 10 de marzo de 2005.

VISTO: El Expediente Nº 21553-131/04 y agregado acumulado Nº 21702-1262/04, mediante el cual se gestiona la aprobación del Acta Complementaria al Acuerdo de Adhesión, a suscribir entre el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA de la NACION y el MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO, en el marco de las actividades del Proyecto Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social, creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 812/98, en cumplimiento de las finalidades plasmadas en la Ley 25.345; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Acuerdo, el Ministerio de Desarrollo Humano se compromete a exigir en todos sus trámites la obligatoriedad del uso y registración del CUIT/CUIL/CDI, integrar la base de datos de todos los Programas Sociales que se ejecuten en su ámbito, con el fin de permitir el intercambio, cruzamiento, conectividad y disposición de la información con el SINTyS, entre otros supuestos;

Que por su parte el Sistema Nacional se compromete a brindar asistencia técnica para todas las acciones referidas a la ejecución del Acuerdo mencionado, todo ello con el compromiso de que el manejo y procesamiento de la información se hará respetando el derecho a la intimidad y el honor a las personas, consagrados en el Artículo 43 de la Constitución Nacional y en la Ley 23.326 de Protección de Datos Personales y su Decreto Reglamentario del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1558/01;

Que a fojas 30 y vuelta ha dictaminado en forma favorable al respecto la Asesoría General de Gobierno;

Que en esta instancia procede el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA

Art. 1º

Apruébase el Acta Complementaria al Acuerdo de Adhesión, a entre el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA de la NACION y el MINISTERIO DE DESAROLLO HUMANO, el que como Anexo forma parte del presente.

Art. 2º

El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Humano.

Art. 3º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y al MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO a sus efectos.

SOLA

J. P. Cafiero

ACUERDO OPERATIVO

ACTA COMPLEMENTARIA AL ACUERDO DE ADHESION

Entre el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en el marco de las actividades del Proyecto DE IDENTIFICACION NACIONAL...

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