Decreto 3469-2005

Fecha de la disposición11 de Enero de 2006

DECRETO N° 3469

Santa Fe, 26 de Diciembre de 2005.

VISTO:

La gestión Nro. 00201-0099391-0, del registro del Sistema de información de Expedientes (Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto), en el cual se propicia la creación de la Dirección Provincial de Seguridad Comunitaria y la modificación del Detalle Analítico de la Planta de Personal Permanente y del Presupuesto general vigente, respecto del cargo; y

CONSIDERANDO:

Que los objetivos políticos fundados en un modelo de Seguridad Comunitaria ya fueron trazados en el Gobierno Provincial a partir de la Resolución N° 162/96 y sus resoluciones complementarias Nros. 0034/03 y 0037/03, entre otros instrumentos normativos, que promueven la formación y regulan el funcionamiento de las Juntas Comunales y Barriales de Seguridad Comunitaria en el ámbito de la Provincia, creándose también con el mismo propósito, por Resolución N° 063/02, el Consejo de Seguridad ciudadana en la ciudad de Rosario.

Que actualmente las Juntas de Seguridad Comunitarias creadas o en formación funcionan de manera asistemática, por lo que resulta necesario crear un organismo que forme parte de la estructura superior de la administración, con rango de Dirección Provincial, para ejecutar de manera unificada y mediante acciones concretas la dirección política fijada por el Poder ejecutivo, canalizando a su vez todo el flujo de relaciones que planteen en materia de seguridad los municipios y comunas;

Que el organismo a crear será responsable de organizar y hacer viable el funcionamiento de las Juntas de Seguridad Comunitaria, elaborando planes, con facultades para actuar en representación del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, bajo la dependencia directa del Subsecretario de Seguridad Pública;

Que además tendrá competencia para registrar la creación y/o autorizar el funcionamiento de las Juntas de Seguridad Comunitaria, proveer a su control y disponer la cancelación de las autorizaciones, en casos justificados y con la debida motivación, llevando registros unificados sobre tales cuestiones;

Que asimismo, los miembros policiales que integren las Juntas de Seguridad Comunitaria, sin perjuicio de la relación jerárquica institucional, deberán ajustar su cometido a la autoridad y dirección que establezca el funcionario que desempeñe la jefatura de la Dirección Provincial creada en el presente decreto;

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