Decreto 85/2012

Fecha de disposición11 Enero 2012
Fecha de publicación18 Enero 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 11/1/2012

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 853 del 30 de septiembre de 2003, 902 del 15 de julio de 2004, 612 del 6 de junio de 2005, 196 del 21 de febrero de 2006, 1608 del 8 de noviembre de 2006, 1003 del 25 de julio de 2007, 374 del 4 de marzo de 2008, 2281 del 29 de diciembre de 2008, 1572 del 26 de octubre de 2009, 953 del 30 de junio de 2010 y 295 del 9 de marzo de 2011 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 853 del 30 de septiembre de 2003 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Asistencia Técnico-Administrativa dependiente de la ex SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.

Que en el artículo 3º del Decreto Nº 853/03 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la designación transitoria.

Que por el Decreto Nº 902 del 15 de julio de 2004 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 612 del 6 de junio de 2005, 196 del 21 de febrero de 2006, 1608 del 8 de noviembre de 2006, 1003 del 25 de julio de 2007, 374 del 4 de marzo de 2008, 2281 del 29 de diciembre de 2008, 1572 del 26 de octubre de 2009, 953 del 30 de junio de 2010 y 295 del 9 de marzo de 2011, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1º del aludido Decreto Nº 295 del 9 de marzo de 2011.

Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo...

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