DECRETO 3433 / 2017 DECRETO de 19 de Octubre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Noviembre de 2017
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2017
Número de Boletín29119
Fecha de Publicación 1 de Noviembre de 2017
Número de documento62748

DECRETO N° 3.433/3 (SH), del 19/10/2017.

EXPEDIENTE N° 9844/440-2017.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano gestiona fondos en carácter de Aporte No Reintegrable por la suma de $105.000.000.-, para gastos de funcionamiento de la institución, y

CONSIDERANDO:

Que fundamenta el pedido atento a que el recupero de cuotas de los adjudicatarios debe reinvertirse en nuevos proyectos, de conformidad con las disposiciones establecidas por Resolución N° 122/2017 dictada por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, razón por la cual resulta menester incorporar el Financiamiento 24411 Del Sector Privado con la pertinente estructura de gastos.

Que para dar viabilidad a lo tramitado corresponde, previamente, rectificar los Arts. , y del Decreto N° 2683/3-SH del 22/08/2017 (modificatorio del Decreto N° 551/3-SH-2017).

Que además se debe realizar una adecuación presupuestaria para incorporar la Partida Subparcial 912 - en la Jurisdicción 50- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro-, por la suma de $150.000.000.- para incorporar el Recurso 18111 con la respectiva estructura de gastos en el organismo recurrente.

Que por otra parte, resulta necesario otorgar al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano el aporte de referencia, a cuyo fin corresponde autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir las respectivas órdenes de pago.

Que por todo lo expuesto resulta menester dictar la pertinente medida administrativa.

Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto de fs. 41 a 44, Contaduría General de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR