DECRETO 34 / 2024 DECRETO / 2024-01-05

Fecha de publicación31 Enero 2024
Fecha05 Enero 2024
Número de Gaceta30.646
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 34/3 (MEyP), del 05/01/2024.
EXPEDIENTE N° 6914/360-19. ACOMPAÑA EXPEDIENTE N° 6113/360-19.
VISTO que mediante el expediente de la referencia tramita el Recurso de Alzada presentado por el abogado Juan Sebastián Frings, en representación de Rodrigo Esteban El Eter (fs. 1/5 del Expte. N° 6914/360-2019) contra la Resolución N° 44/19 de la Gerencia General de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán de fecha 22/08/19 (fs. 7/8 del Expte. N° 6113/360-19), y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de Gerencia General N° 44/19 amplia la Suspensión Preventiva dispuesta por Resolución de Gerencia General N° 39/19 de fecha 24/07/19, al Sr. Rodrigo Esteban El Etér, D.N.I. N° 29.878.025, por el término de 60 (sesenta) días, sin goce de háberes y a partir del día 24 agosto de 2019, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 158 del Estatuto para el Personal de la Caja Popular de Ahorros.
Que, según lo dispuesto en el articulo 68 de la Ley N° 4537: "contra los actos administrativos definitivos o que impidan totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado, emanados del órgano superior del ente autárquico, procederá el recurso de alzada para ante el Poder Ejecutivo. Este recurso deberá interponerse en el término de quince (15) días y solo puede fundarse en la ilegitimidad del acto administrativo".
Que el acto impugnado resulta una medida adoptada en ejercicio de facultades del ente autárquico y dentro del marco que autoriza el Procedimiento Administrativo (artículo 158 del Estatuto para el Personal de la Caja Popular de Ahorros), respecto de un agente presuntivamente incurso en una falta, razón por la que se puede afirmar que no se trata de un "Acto definitivo", si se considera por tal, aquel acto que expresa la voluntad final de la Administración, conclusivo de un procedimiento administrativo o dicho de otro modo, aquel acto por el cual la Administración decide finalmente una cuestión, concretando su voluntad al respecto (conf. Escola H., Tratado Teórico Practico de los Recursos Administrativos, pág.107).
Que analizados los agravios invocados por el recurrente se advierte con claridad que el acto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR