DECRETO 3335 / 2017 DECRETO de 11 de Octubre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor27 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2017
Número de Boletín29115
Fecha de Publicación26 de Octubre de 2017
Número de documento62644

DECRETO N° 3.335/14 (MGJyS), del 11/10/2017.

EXPEDIENTE N° 7261/480-2011 y agdos.-

VISTO que por estas actuaciones la Sra. Elsa Beatriz Leiva interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución N° 3672/480-2015-IPLA de fecha 16/11/2015 emitida por el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado instrumento legal se desestima por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por el recurrente en contra de la Resolución N° 445/480-2015-IPLA del 24/02/2015 (fs. 27), y se intima a dar cumplimiento con la sanción alli impuesta, es decir, se ratifica la sanción de Clausura del local comercial propiedad de la Sra. Elsa Beatriz Leiva, ubicado en calle 25 de Mayo esquina Bernabé Araoz de la localidad del Manantial, por infracción al artículo 30 inciso 6 de la Ley 7.243, según surge de acta de infracción N° 95772, labrada en el lugar del hecho en fecha 07/08/2011 (fs. 01), imponiéndole además una multa equivalente a diez (10) veces el importe de Permiso de Expendio Anual e Inspección resultante en la suma de $5.980,00.

Que por el Principio del informalismo del derecho Administrativo contenido en el articulo 3° de la Ley N° 4537, el recurso interpuesto a fs. 40-42 se trata de un recurso de alzada que se presentó según el plazo previsto en el artículo 68 de la citada Ley.

Que del análisis del acto administrativo objeto del recurso de alzada se observa que el recurso de reconsideración deducido por la recurrente contra la Resolución 445/480-2015-IPLA (fs. 27) se encuentra efectivamente presentado fuera de término, ya...

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