Decreto 328/2019

Fecha de publicación03 Mayo 2019
SecciónDecretos
EmisorACUERDOS
undefinedCiudad de Buenos Aires, 02/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-63250910-APN-DGDMT#MPYT, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Acta Acuerdo del 23 de noviembre de 2018 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados, e instituye al entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), conforme surge del Acta Acuerdo del 23 de noviembre de 2018.

Que, en tal contexto, las partes en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron por unanimidad prorrogar la vigencia de lo dispuesto en el Título XIV Artículos 128 a 134 – para nuevas convocatorias a procesos de selección autorizados y a autorizarse durante el periodo 2011- 2019. Así como también, y con carácter excepcional y transitorio, extender hasta el 31 de diciembre de 2019, como otro tipo de convocatoria lo dispuesto para la Convocatoria Interna (artículos 135 y 136).

Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185...

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