Decreto 322 de 28 de Diciembre de 2007

Fecha de publicación11 Enero 2008
Fecha de disposición28 Diciembre 2007
Número de Gaceta25816

La Plata, 28 de diciembre de 2007.

VISTO el expediente Nº 2100-30361/07, por el cual se tramita la modificación de la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador, y;

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario dotar al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de un organismo que dependa en forma directa del señor Gobernador, a fin de cumplir las funciones de asistencia en la coordinación general de los temas vinculados al ceremonial y protocolo, relaciones institucionales y medios de comunicación;

Que en virtud de ello, se considera oportuno y conveniente desarrollar una nueva estructura para la Unidad Gobernador;

Que atento la refuncionalización integral de las distintas áreas operativas de la Administración Pública Provincial, sin perjuicio de las misiones y funciones propias de la Unidad Gobernador la nueva estructura absorbe aquellas que corresponden a la ex Secretaría de Prensa y Comunicación Social;

Que debido a ello resulta menester flexibilizar los lineamientos dispuestos por el Decreto Nº 1322/05 en la diagramación de la estructura;

Que no obstante la excepción propiciada en el considerando precedente, el presente Decreto respeta los lineamientos de austeridad y eficacia en materia administrativa establecidos por el Decreto Nº 1322/05;

Que el artículo 48 de la Ley Nº 13.757 faculta al Poder Ejecutivo a crear otras Secretarías con rango y equivalencia a los previstos en dicha Ley;

Que, ello, implícitamente habilita al Poder Ejecutivo a crear la Unidad Gobernador y atribuirle competencias que por la mencionada Ley han sido originariamente otorgadas a otras Jurisdicciones;

Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la estructura organizativa de sus jurisdicciones;

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de la Gestión Pública, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º Aprobar, a partir del 11 de diciembre de 2007, la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1, 1a, 1b, 1c, 2a, 2b, 2c y 2d forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2º

Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador, con rango y remuneración equiparada a Secretario; UN (1) Subsecretario de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales; UN (1) Subsecretario de Medios; UN (1) Subsecretario Administrativo; UN (1) Director Provincial de Tecnologías Institucionales; UN (1) Director Provincial de Imagen Institucional; UN (1) Director Provincial de Prensa y Difusión; UN (1) Director Provincial de Publicidad Oficial; UN (1) Director Provincial de Radio Provincia; UN (1) Director Provincial de Ceremonial y Audiencia; UN (1) Director de Desarrollo e Implementación de Aplicaciones de la Información; UN (1) Director de Televisión y Comunicación Institucional; UN (1) Director de Coordinación Fotográfica; UN (1) Director de Difusión de Actos Oficiales; UN (1) Director de Prensa; UN (1) Director de Coordinación Operativa de Publicidad Oficial; UN (1) Director de Producción Radial; UN (1) Director de Gestión Comercial; UN (1) Director de Contabilidad y Contrataciones; UN (1) Delegado de la Dirección Provincial de Personal, con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Director de Protocolo; UN (1) Responsable de la Unidad Logística, con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Jefe de Departamento Mesa de Entradas, Despacho y Archivo, conforme a los cargos vigentes en la Ley Nº 10.430 - T.O. Decreto 1869/96-.

ARTICULO 3º

Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, se procederá a efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, arbitrándose los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes, previa intervención de los organismos y dependencias competentes. Durante el transcurso del plazo fijado precedentemente, las unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Director, mantendrán su vigencia.

ARTICULO 4º

Transferir a la Subsecretaría de Medios creada por el presente Decreto la Subdirección de Publicidad Oficial, los Departamentos de Publicidad y Diseño, de Registro Oficial de Medios Publicitarios, de Redacción, de Síntesis Informativa, de Video, de Fotografía, de Archivo, de Gestión Operativa y de Estrategias en Comunicación Informática dependientes de la entonces Secretaría de Prensa y Comunicación Social. La transferencia contempla los cargos y plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales.

ARTICULO 5º

Transferir al Departamento de Mesa de Entrada, Despacho y Archivo de la Subsecretaría Administrativa creada por el presente Decreto las plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales del Departamento de Mesa de Entradas dependiente de la entonces Dirección de Coordinación Técnica y Ejecutiva de la Subsecretaría de Comunicación y Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Prensa y Comunicación Social.

ARTICULO 6º El Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto, el que deberá ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 7º Exceptuar la aprobación de la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador de lo dispuesto por el Decreto Nº 1322/05, en razón de lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 8º El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y Economía.
ARTICULO 9º Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA); y pase a la Unidad Gobernador

Cumplido, archívese.

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de Gobernador
Gabinete y Gobierno
Rafael Perelmiter

Ministro de Economía

ANEXO 1

ANEXO 1 a

ANEXO 1 b

ANEXO 1 c

ANEXO 2 a

COORDINACION GENERAL UNIDAD GOBERNADOR

ACCIONES

  1. Entender en las actividades relacionadas con el protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación.

  2. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al Señor Gobernador.

  3. Entender en todo lo referido a traslados de funcionarios de la Unidad Gobernador, tanto en lo relativo al personal afectado a dicha tarea como al material rodante asignados a tal fin.

  4. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al señor Gobernador.

  5. Ejecutar el desarrollo del "Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires", como así también supervisar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y/o organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

  6. Entender en la política de imagen institucional del señor Gobernador.

  7. Coordinar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales.

  8. Entender en las transmisiones televisivas y en la cobertura fotográfica de los distintos actos del señor Gobernador.

  9. Entender en los programas de publicidad y comunicación oficial.

  10. Asistir en la implementación de los cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial de los actos de gobierno y la información de interés público.

  11. Entender en materia de contrataciones publicitarias.

  12. Entender en la ejecución de políticas de comunicación radial.

    SUBSECRETARIA DE IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES

    INSTITUCIONALES

    ACCIONES

  13. Asistir al Coordinador General en todas las cuestiones concernientes a presentaciones en eventos institucionales.

  14. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al señor Gobernador.

  15. Supervisar y coordinar todos los eventos institucionales que realicen los organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

  16. Planificar las...

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