DECRETO 3216 / 2016 DECRETO de 3 de Octubre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor29 de Octubre de 2016
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2016
Número de Boletín28869
Fecha de Publicación28 de Octubre de 2016
Número de documento56469

DECRETO N° 3.216/3 (ME), del 03/10/2016.

EXPEDIENTE N° 1619/234-G-16.-

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección de Materiales y Construcciones Escolares, dependiente de la Secretaría de Estado de Obras Públicas, solicita un incremento del 30%, en el monto asignado para el concepto de Libre Disponibilidad a distribuir entre el personal de la repartición a su cargo, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 5 interviene la Contaduría General de la Provincia, manifestando que el monto a distribuir por el citado concepto se encuentra autorizado por el Decreto N° 4739/3 ME 2010 por el cual se fija un monto mensual a distribuir de $70.000.-, el cual fue incrementado por Decreto N° 1077/3 ME-2013 en la suma de $10.000.- y posteriormente en la suma de $18.700.- mediante Decreto N° 630/3 ME-2015, ascendiendo el monto actual a distribuir a la suma de $98.700.- y considera viable un incremento en el monto total a distribuir, en el concepto de Libre Disponibilidad de $29.610.- a partir del mes de septiembre del presente año.

Que a fs. 6 interviene la Dirección General de Presupuesto, indicando la imputación presupuestaria que absorberá la erogación resultante.

Qua la Ley N° 5473 en su Artículo 22° establece que los agentes gozarán, con los alcances, por los montos y en las condiciones que fije el poder Ejecutivo en ejercicio de su potestad reglamentaria, de los adicionales particulares, compensaciones, asignaciones especiales y sobreasignaciones allí establecidas.

Que en consecuencia corresponde dictar la pertinente medida administrativa.

Por ello, y en virtud al Dictamen Fiscal N° 1822 del 19/09/16 adjunto a fs. 8,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Increméntase en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ ($29.610.-), el monto mensual establecido por el Art. 1° del Decreto N° 4739/3 (ME) del 29/12/10 y sus modificatorios.

ARTICULO 2°

Impútese la erogación emergente de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto a las partidas específicas con que a tales efectos cuenta la Unidad de Organización N° 380 -Dirección de Materiales y Construcciones Escolares- en el Presupuesto General 2016.

ARTICULO 3°

El presente Decreto será...

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