Decreto 321. Promociones.

Fecha de disposición08 Mayo 2017
Fecha de publicación08 Mayo 2017
SecciónDecretos

FUERZA AÉREA ARGENTINA

Decreto 321/2017

Promociones.

Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2017

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que Personal Militar Superior fue incorporado a la FUERZA AÉREA ARGENTINA \u2013 F.A.A. en actividad por período determinado a través de la Resolución del Jefe de Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Aérea Nº 657 de fecha 2 de mayo de 2007.

Que el citado Personal Militar aprobó el Curso de Perfeccionamiento Militar del Personal Superior en el Sistema de Residencias de Hospitales Aeronáuticos a través de la Resolución del Jefe de Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Aérea Nº 561 de fecha 5 de junio de 2013, incorporándose al Cuerpo de los Servicios Profesionales.

Que al efectuarse el cambio de encuadramiento, el Personal Militar Superior cumplió al 31 de diciembre de 2012 el tiempo de permanencia en el grado deseable para ascenso al grado inmediato superior, de acuerdo a la política de ascenso vigente.

Que en virtud a lo expresado precedentemente la JUNTA DE CALIFICACIONES DE OFICIALES SUBALTERNOS correspondiente al año 2013 procedió al tratamiento de los mismos para su ascenso al grado inmediato superior, calificándolos: "APTO PARA LAS FUNCIONES DEL GRADO INMEDIATO SUPERIOR".

Que dichas actuaciones fueron aprobadas por el entonces señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, con fecha 13 de septiembre de 2013.

Que tomó intervención el Departamento Asesoría Jurídica de la Dirección General de Personal y Bienestar de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, emitiendo dictamen Nº 1156 de fecha 6 de marzo de 2014.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 45 de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Promuévese al grado inmediato superior con fecha 31 de...

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