DECRETO 3208 / 2021 DECRETO / 2021-11-30

Fecha de publicación03 Diciembre 2021
Fecha30 Noviembre 2021
Número de Gaceta30.116
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 3.208/3 (ME), del 30/11/2021.-
VISTO la política salarial implementada por el Gobierno Provincial, y
CONSIDERANDO:
Que es voluntad del Poder Ejecutivo continuar con las acciones tendientes al mejoramiento de la situación económica del personal de la Administración Pública Provincial; y con esa finalidad, se decidió otorgar una Ayuda Social equivalente al 50% del importe de una cuota mensual, de las sumas No Remunerativas y No Bonificables ya concedidas, las que se abonarán por única vez conjuntamente con el Sueldo Anual Complementario 2021 -Segundo Semestre-.
Que resulta necesario incluir en las disposiciones del presente decreto a los beneficiarios de los regímenes establecidos por las Leyes N° 6639, N° 6622 y N° 6624 (ex DIPOS y ex Banco de la Provincia de Tucumán).
Que en consecuencia, corresponde proceder de conformidad dictando la pertinente medida administrativa.
Por ello,

EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase al personal permanente, transitorio, jornalizado y/o contratado cuyo haber se equipare a categorías presupuestarias de la Administración Pública Centralizada, de los Organismos Descentralizados, Autárquicos - con escalas salariales asimilables al Escalafón General-, de las Comunas Rurales, del Honorable Tribunal de Cuentas, Defensoría del Pueblo, Escalafón Seguridad y Escalafón Docente, una Ayuda Social equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del importe de una cuota mensual de las Sumas No Remunerativas y No Bonificables otorgadas por los instrumentos legales que se detallan a continuación:
DECRETO ACUERDO:
* N° 10/3(ME) del 14 de Abril de 2014: Artículo 1°
* N° 6/1 del 28 de febrero de 2020: Artículo 2°, en aquellos escalafones en que se encuentra vigente
DECRETOS:
* N° 5/3(SH) del 4 de enero de 2005, unificada para el Escalafón General según Decreto N° 710/3(ME) - Articulo 8°, bajo la denominación: D710-8c.
* N° 1783/3(ME) del 23 de mayo de 2007- Artículo 1°, modificado por Decreto N° 1954/3 (ME) del 5 de junio de 2007, y unificada para el Escalafón General según Decreto N° 710/3(ME) - Articulo 8°, bajo la denominación: D710-8a.
* N° 786/3 (ME) del 18 de marzo de 2008 - Artículo 1°, unificada para el Escalafón General según Decreto N° 710/3(ME) -Articulo 8°, bajo la denominación: D710-8a.
* N° 953/3 (ME) del 8 de abril de 2011- Artículos 4° y 10°
* N° 3040/3 (ME) del 5 de septiembre de 2011- Artículo 2°
* N° 892/3 (ME) del 27 de abril de 2012- Artículo 2°, para...

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