Decreto 1439/2011

Fecha de disposición15 Septiembre 2011
Fecha de publicación21 Septiembre 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32239

Bs. As., 15/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0162747/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORES AVICOLAS (CAPIA) y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (CEPA) UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (C.U.I.T Nº 30-71122418-8), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los banderines, folletos, carpetas, fotos, muestras sin valor y productos de “merchandising” tales como: tacos, lapiceras, lápices, llaveros, broches, prendedores, cortapapeles, gorros, remeras, señaladores, adhesivos y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “XXII CONGRESO LATINOAMERICANO DE AVICULTURA”, realizado en el Predio Ferial La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (REPUBLICA ARGENTINA), del 6 al 9 de septiembre de 2011.

Que la realización de esta muestra acrecentaría el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que los banderines, folletos, carpetas, fotos, muestras sin valor y productos de “merchandising”, tales como: tacos, lapiceras, lápices, llaveros, broches, prendedores, cortapapeles, gorros, remeras, señaladores, adhesivos y otras formas de propaganda, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007 y 588 de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165 de fecha 15 de mayo de 2009 y 337 de fecha 21 de agosto de 2009, todas del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s) de la Ley Nº 20.545 incorporado por la Ley Nº 21.450 y mantenido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR