DECRETO 3153 / 2021 DECRETO / 2021-11-25

Fecha de publicación13 Diciembre 2021
Fecha25 Noviembre 2021
Número de Gaceta30.121
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 3.153/3 (ME), del 25/11/2021.
EXPEDIENTE N° 16606/901-2019
VISTO que mediante las presentes actuaciones se gestiona la adquisición del dominio por Prescripción Adquisitiva a favor del Superior Gobierno de la Provincia, del inmueble que ocupa el Juzgado de Paz de Choromoro, ubicado sobre calle Padre Juan Malensek s/n, en la localidad de Choromoro, Departamento Trancas, y
CONSIDERANDO:
Que es procedente la aplicación de las Leyes N° 21.477 y 24.320 y sus Decretos Reglamentarios N° 1.025/14 (SSG) del 27/3/78, 482/14 (SSG) del 14/2/80 y 516/14 (SSG) del 17/3/82, ya que el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán ejerce la posesión del inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida desde hace más de veinte años.
Que sobre el particular el Código Civil y Comercial de la Nación vigente aprobado por la Ley N° 26.994, sobre el tema en tratamiento establece en su artículo 1.897: "La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley". Agrega el artículo 1.899: "Si no existe justo título o buena fe, el plazo es de veinte años". Asimismo el artículo 1.928 expresa: "Constituyen actos posesorios sobre la cosa los siguientes: su cultura, percepción de frutos, amojonamiento o impresión de signos materiales, mejora, exclusión de terceros y en general su apoderamiento por cualquier medio que se obtenga".
Que acreditando tales extremos, se adjuntan a foja 21 informe vecinal con los testimonios de los ciudadanos Angélica Armas Herrero, DNI N° 8.942.194 y Ana María del Valle Córdoba, DNI N° 5.390.972, mayores de edad, quienes manifiestan que el Juzgado funciona en su actual ubicación desde hace más de 30 años. Asimismo se adjunta a Fs. 22/28 copias antecedentes que datan del año 1978 donde consta que dentro del Centro Cívico construido, se destinará un local para el funcionamiento del Juzgado y a Fs. 33/35 fotocopias de fotografías, que dan cuenta del estado edilicio actual del Juzgado de Paz de la Localidad de Choromoro
Que en consecuencia, la Provincia ejerce la posesión, pública, pacífica e ininterrumpida del inmueble hasta el presente.
Que se acompañan informes de la Dirección de Registro Inmobiliario a Fs. 41/42, donde indica que el Padrón 299384 no corresponde a un antecedente registral conforme a su índice de Titulares de Dominio en formación y nota de Edet S.A. a foja 44.
Que se adjunta a foja 59 Plano de Mensura para Prescripción...

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