DECRETO 3105 / 2017 DECRETO de 21 de Septiembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor11 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2017
Número de Boletín29104
Fecha de Publicación10 de Octubre de 2017
Número de documento62291

DECRETO N° 3.105/14 (MGJyS), del 21/09/2017.

EXPEDIENTE N° 8766/480-2009 y agdos.-

VISTO que por estas actuaciones el Sr. Benito Enrique Marrades interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución N° 2505/480-2014-IPLA de fecha 28/07/2014, confirmatoria de la Resolución N° 4035/480-2013-IPLA de fecha 13/12/2013, ambas emitidas por el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2505/480-14-IPLA se desestima el recurso de reconsideración interpuesto por el recurrente en contra de la Resolución N° 4035/480-2013-IPLA del 13/12/2013 (fs. 12), y se intima a dar cumplimiento con la sanción allí impuesta, es decir, se ratifica la sanción de clausura del local comercial propiedad del Sr. Benito Enrique Marrades, ubicado en calle Bascary 1° cuadra, Villa de Leales, por infracción al artículo 33° 3er párrafo de la Ley 7.243, según surge de acta de infracción N° 84254, labrada en el lugar del hecho en fecha 28/11/2009 (fs. 01), imponiéndole además una multa equivalente a cinco veces el importe de Permiso de Expendio Anual e Inspección resultante en la suma de $2.025,00.

Que por el Principio del informalismo del derecho Administrativo contenido en el artículo 3° de la Ley N° 4537, el recurso interpuesto se trata de un recurso de alzada que se presentó según el plazo previsto en el artículo 68 de la citada Ley, por lo que resulta formalmente admisible.

Que el recurrente funda sus agravios en que la impugnación de la acción se encuentra prescripta por haber transcurrido más de dos años desde la infracción constatada en el acta de infracción N° 84254 de fs. 01 de fecha 28 de Noviembre de 2009, de conformidad con lo previsto en los artículos 62 a 64 del Código Penal.

Que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán en la causa "Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) vs. Amado Jorge, mediante sentencia N° 540 del 11/06/2009 expuso que "(...) es sabido que las sanciones administrativas integran el derecho penal especial, lo que motiva la supletoria aplicación de los principios generales y normas del derecho penal común. En razón del vacío legal que existe en lo...

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