Decreto N° 1.756

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición15 de Julio de 2011

DECRETO N° 1.756

Mendoza, 15 de julio de 2011

Visto el expediente N° 79.682-T-07-01029, agregada carátula N° 55.327-V-87-01029 y su acumulado N° 135.409-V-87-01029, en el primero de los cuales la señora Zulma Magdalena Tello solicita el beneficio de Pensión para sí por el fallecimiento de Don Roberto Hernán Villavicencio; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 15 de agosto de 2007, según Acta de Defunción, que en fotocopia se agrega a fs. 34 y vta. del expediente N° 79.632-T-07-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 2175/88 de la ex-Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional cuya copia obra a fs. 17 y vta. del citado expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que a fs. 36 y vta. del expediente N° 79.682-T-07-01029, la señora Zulma Magdalena Tello declara que de su convivencia con el señor Roberto Hernán Villavicencio no existen hijos, pero que el mismo tenía tres (3) hijos de su anterior matrimonio, quienes actualmente son mayores de edad.

Que a fs. 37 del expediente N° 79.682-T-07-01029, constan las renuncias de los herederos a favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, debiendo dejarse en suspenso la parte proporcional de un (1) hijo, según lo solicitado a fs. 36 y vta. del citado expediente.

Que a fs. 39 vta. del expediente N° 79.682-T-07-01029, se encuentra la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que de las pruebas rendidas a fs. 42/45 del expediente N° 79.682-T-07-01029, surge plenamente acreditada la concurrencia de los caracteres de singularidad, estabilidad, posesión de estado y comunidad de vida de la señora Zulma Magdalena Tello con el causante y por el término requerido legalmente a los efectos previsionales.

Que según lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y por Fiscalía de Estado a fs. 46 y 47 y vta., respectivamente, del expediente N° 79.682-T-07-01029, es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Zulma Magdalena Tello, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18 del Decreto-Ley N° 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 1° de la Ley N° 5056 y modificaciones.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia...

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