Decreto N° 1.752

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición15 de Julio de 2011

DECRETO N° 1.752

Mendoza, 15 de julio de 2011

Visto el expediente N° 00268-A-10-01029, agregada carátula N° 25.798-H-68-01029, en el cual la señora Blanca Araujo solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Luis Angel Herrera; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 11 de noviembre de 2009, según Acta de Defunción, que en fotocopia se agrega a fs. 18 del expediente N° 00268-A-10-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 1375/69 del ex-Instituto de Asistencia y Previsión Social Sección Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, obrante a fs. 13 y vta. del mismo, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con el Acta de Matrimonio, cuya fotocopia obra a fs. 29/30 y vta. de las presentes actuaciones.

Que a fs. 27 y 34 del expediente N° 00268-A-10-01029, obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 31 del citado expediente, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que de acuerdo con lo informado por Gestión Administrativa de la Oficina Técnica Previsional a fs. 40 y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de dicha Oficina y por Fiscalía de Estado a fs. 39 y 41, respectivamente, todas del expediente N° 00268-A-10-01029, es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Blanca Araujo, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 64 del expediente N° 00268-A-10-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 66 del mismo expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, en uso de las...

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