Decreto 1498/2007

Fecha de disposición25 Octubre 2007
Fecha de publicación25 Octubre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31267

Danse por prorrogadas designaciones transitorias pertenecientes al ámbito de la Dirección de Sumarios dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del citado Ministerio.

Bs. As., 23/10/2007

VISTO los Decretos Nros. 1425 del 18 de octubre de 2004, 1334 del 27 de octubre de 2005, 454 de fecha 18 de abril de 2006 y 119 del 13 de febrero de 2007, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente Nº 12002-12.604/03-5 del registro del ex MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1425/04, se designó con carácter transitorio en el ámbito del referido Ministerio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 --T.O. 1995-y sus modificatorios, a los doctores Dn. Juan José COUTINHO --Jefe del Departamento de Faltas Sanitarias-- y Da. Patricia Olga CARNEVALE --Instructora Sumariante--, ambos cargos vacantes Nivel B - Grado 0 del agrupamiento general del escalafón instituido por el citado Decreto Nº 993/91, pertenecientes a la DIRECCION DE SUMARIOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD.

Que dichas designaciones preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los sistemas de selección establecidos por el SISTEMANACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el citado Decreto Nº 993/91, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria, plazo que ha expirado.

Que el referido plazo fue prorrogado por los Decretos Nros. 1334/05, 454/06 y 119/07 y se encuentra actualmente vencido.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas los citados profesionales, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Decreto Nº 491/02, artículo 1º.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA...

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