Decreto Nº 1.084

EmisorMrio. de Produccion
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2011

DECRETO Nº 1.084

Mendoza, 27 de mayo de 2011

Visto el expediente Nº 486-M-2011-01283, en el cual se solicita la ratificación del Convenio Específico y sus Anexos suscriptos entre la Provincia de Mendoza y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 24/10 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se creó el Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes (Plan);

Que dicho Plan tiene por objeto principal incrementar la oferta de productos y subproductos de la ganadería para abastecer al mercado interno y externo, mejorando la eficiencia productiva, los sistemas comerciales de información y la competitividad del negocio de productos y subproductos de las especies bovina, porcina, aviar, ovina y otras cárnicas, determinando para lograr este objetivo, los lineamientos de "Mejoramiento y promoción del valor genérico en todas las especies cárnicas", entre otros;

Que los recursos aportados por el citado Ministerio con carácter de Aporte No Reintegrable (ANR) serán administrados por la Provincia. Los mismos se destinarán en su totalidad para financiar el "Programa de Mejoramiento Genético para la Ganadería Bovina en la Provincia de Mendoza". Dicho Programa prevé la inseminación artificial a tiempo fijo de treinta mil (30.000) vientres seleccionados, en estado reproductivo

adecuado para tal fin y la ejecución de capacitaciones y asistencia técnica a los productores beneficiarios;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 128 Inciso 1) de la Constitución Provincial y lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación a fojas 23 del expediente N° 486-M-2011-01283,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese el Convenio Específico y sus Anexos suscriptos en fecha 26 de enero de 2011, entre la Provincia de Mendoza, representada por el Señor Gobernador Contador Celso Alejandro Jaque y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por el Señor Julián Andrés Domínguez, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopias certificadas forma parte del mismo.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Raul E. Mercau

_____

CONVENIO ESPECÍFICO

ENTRE EL MINISTERIO

DE AGRICULTURA, GANADERÍA

Y PESCA Y LA PROVINCIA

DE MENDOZA

Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, representado en este acto por el señor Ministro, D. Julián Andrés Domínguez, en adelante denominado el Ministerio, con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 982, piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Provincia de Mendoza, en adelante la Provincia, representada en este acto por el señor Gobernador, Contador Público Nacional D. Celso Jaque, con domicilio en Peltier 351, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, manifiestan:

Que en virtud del Convenio N° 471, suscripto el 9 de noviembre de 2010 entre el Ministerio y la Provincia y Considerando:

Que el Ministerio, ha...

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