DECRETO 3055 / 2017 DECRETO de 19 de Septiembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2017
Número de Boletín29099
Fecha de Publicación 3 de Octubre de 2017
Número de documento62113

DECRETO N° 3.055/1, del 19/09/2017.

EXPEDIENTE N° 1.767/450-I-2017.-

VISTO, que se hace necesario autorizar al señor Interventor del Instituto Provincial de Acción Cooperativa y Mutual (IPACyM), Dr. Regino Ricardo Racedo, a trasladarse vía aérea, en misión oficial, a la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Estado Plurinacional de Bolivia, para a participar de la FERIA INTERNACIONAL EXPO CRUZ y de la RUEDA DE NEGOCIOS INTERNACIONAL, organizada por la CAINCO, la que se llevará a cabo entre los días 22 de septiembre y 01 de octubre del corriente año, y

CONSIDERANDO:

Que el traslado del citado funcionario se realizará desde la ciudad de Salta el día 26 de septiembre con regreso el día 30 del mismo mes del año en curso (ida y vuelta), siendo necesario su traslado vía terrestre desde Tucumán – Salta (ida y vuelta), en el vehículo oficial, marca Chevrolet, Modelo S10 2.8 TD-4X2 LS, Tipo Pick Up Cabina Doble, Patente AA208XS, conducido por el señor Alberto Leonardo Jalil, Carnet de Manejo N° 12.541.285, empleado Planta Permanente, (Catg. 18), del citado Organismo, en las fechas indicadas (ida y vuelta a la Provincia de Salta), y

Que a fin de proceder de conformidad, corresponde dictar la pertinente medida administrativa.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Autorízase al señor Interventor del Instituto Provincial de Acción Cooperativa y Mutual (IPACyM), Dr

Regino Ricardo Racedo, a trasladarse en misión oficial, a la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Estado Plurinacional de Bolivia, vía aérea, partiendo de la Provincia de Salta, el día 26 de septiembre con regreso el día 30 del mismo mes del año en curso, para a participar de la FERIA INTERNACIONAL EXPO CRUZ y de la RUEDA DE NEGOCIOS INTERNACIONAL, organizada por la CAINCO, la que se llevará a cabo entre los días 22 de septiembre y 01 de octubre del corriente año, en ese país.

ARTICULO 2°

Autorízase la salida del territorio provincial, conforme lo señalado precedentemente del vehículo oficial, marca...

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