Decreto 30/2021

Fecha de publicación21 Enero 2021
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-73469292-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Contrato de Préstamo ARG- 48/2020 destinado a la ejecución del “Proyecto de Inversión Social en Salud Pública - Provincia del Chaco” propuesto para ser suscripto entre la Provincia del CHACO y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo FONPLATA ARG-48/2020, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente al Gobierno de la Provincia del CHACO con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Inversión Social en Salud Pública - Provincia del Chaco”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MILLONES (US$ 40.000.000).

Que el objetivo general del proyecto consiste en contribuir a incrementar la capacidad, la calidad y la sostenibilidad de los servicios públicos de salud.

Que para la ejecución del referido proyecto se desarrollarán TRES (3) componentes: (i) Infraestructura y equipamiento hospitalario; (ii) Fortalecimiento institucional y (iii) Administración, auditoría y evaluación.

Que en tal sentido, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia del CHACO contraiga como consecuencia de la suscripción del mencionado Contrato de Préstamo FONPLATA ARG-48/2020.

Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato de Préstamo FONPLATA ARG-48/2020 y de preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia del CHACO la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la cancelación de los compromisos de pago asumidos, en los plazos previstos en el citado Contrato de Préstamo.

Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la Provincia del CHACO autorizará al Gobierno Nacional a efectuar las gestiones correspondientes para el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

Que en estos términos resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre el FONDO FINANCIERO PARA EL...

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