Decreto 3.194 de 07 de Noviembre de 2007
Fecha de disposición | 07 Noviembre 2007 |
Fecha de publicación | 03 Diciembre 2007 |
Número de Gaceta | 25793 |
La Plata, 7 de noviembre de 2007
VISTO el expediente Nº 2430-2009/06 mediante el cual se propicia la aprobación del convenio de asistencia técnica celebrado entre el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (O.C.A.B.A) y la Autoridad del Agua, en el marco del Decreto Nº 878/03, su modificatorio Nº 2231/03, convalidados legislativamente por el artículo 33 de la Ley Nº 13154, reglamentado por Decreto Nº 3289/04, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado acuerdo el O.C.A.B.A. encomienda a la Autoridad del Agua para que, a través de sus laboratorios sitos en las ciudades de La Plata y Bahía Blanca, realicen análisis físico químicos, microbiológicos, bacteriológicos de las muestras recibidas y /o cualquier otro estudio o asistencia técnica que le sean requeridos con relación a la provisión del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Buenos Aires;
Que las partes han acordado por los servicios contratados un arancel de Pesos ciento diez mil cuatrocientos ($ 110.400) anuales, pagaderos en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 9.200;
Que la vigencia del presente convenio se extenderá a partir del día de su suscripción, 9 de noviembre de 2006, y por el plazo de veinticuatro meses (24) y podrá ser prorrogado de común acuerdo por las partes por períodos iguales;
Que la presente gestión se encuadra en los términos del artículo 26 inciso 3 apartado a) del Decreto-Ley Nº 7764/71;
Que consecuentemente, no mediando objeciones que formular a la gestión propiciada, corresponde aprobar el instrumento en cuestión;
Que en tal sentido se han expedido la Asesoría General de Gobierno (fojas 9 y vuelta), la Contaduría General de la Provincia (fojas 20 y vuelta) y la Fiscalía de Estado (fojas 22 y vuelta);
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 144- proemio - de la Constitución Provincial;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
Aprobar el convenio de asistencia técnica que agregado como anexo forma parte integrante del presente, suscripto entre la Autoridad del Agua (A.D.A.) y el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (O.C.A.B.A.), cuya finalidad es la realización de análisis físico químicos, microbiológicos, bacteriológicos de las muestras recibidas y /o cualquier otro estudio o asistencia técnica con relación a la provisión del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la Provincia de Buenos Aires.
Cumplido, archivar.
Eduardo Sicaro Felipe Solá Ministro de Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos Gobernador CONVENIO DE ASISTENCIA TECNICA
Entre el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires, en adelante el O.C.A.B.A., representado en este acto por su Presidente Contador Héctor Hugo DOMINGUEZ, por una parte, y la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, en adelante la A.D.A., representada en este acto por su Presidente Ingeniero Indalecio OROQUIETA, por la otra; acuerdan celebrar el presente Convenio de Asistencia Técnica, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: DEFINICIONES
Los términos que se indican tendrán el significado que a continuación se les atribuye, a saber:
CONVENIO: El presente Convenio de Asistencia Técnica entre las partes firmantes;
CONTRATO DE CONCESION: Contrato de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales en la Provincia de Buenos Aires;
PARTES: El Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (O.C.A.B.A.) y la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (A.D.A.).
SEGUNDA: OBJETO
El O.C.A.B.A. encomienda a la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (A.D.A.)...
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