DECRETO 2937 / 2017 DECRETO de 13 de Septiembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor22 de Septiembre de 2017
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2017
Número de Boletín29091
Fecha de Publicación21 de Septiembre de 2017
Número de documento61925

DECRETO N° 2.937/3(ME), del 13/09/2017.

EXPEDIENTE N° 3079/110-L-2017- y Agdo.-

VISTO el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura de Tucumán en la sesión del 30 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que en dicho proyecto se autoriza se autoriza al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano (I.P.V.y D.U.) a transferir en venta a sus actuales ocupantes un inmueble ubicado en la localidad de García Fernández, departamento Leales, identificado según plano de Mensura y División n° 19831/92 con la Nomenclatura Catastral: Padrón n° 189.665; Circunscripción: 2; Sección: F; Lamina: 140; Parcela: 123 F; Matricula: 15004; Orden: 2739, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matricula Registral n° F-7873.

Que dicho inmueble será destinado a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, y serán transferidos en venta a sus actuales ocupantes que reúnan los requisitos allí mencionados.

Que por el artículo 3° de la citada Ley se faculta al Poder Ejecutivo para que a través de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, realice los trabajos de relevamiento social, planimetría y determinación de los beneficiarios y en su artículo 4° se prohíbe al adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble hasta la cancelación total del precio establecido.

Que a fs. 08/16, 26, 35 y 44/45 se agrega informe del Registro Inmobiliario, plano de Mensura y División e impresiones fotográficas.

Que a fs. 17/18 el Departamento de Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que el inmueble se encuentra inscripto en la Matrícula Registral F-7873 a nombre del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano. Asimismo, indica que se realizó el relevamiento del predio y se constató que el mismo se encuentra baldío y cultivado con caña. Agrega que la matrícula registral tiene mal consignada la nomenclatura catastral, donde dice: Circunscripción: I debe decir II; matrícula catastral: 2722 debe decir 15004; y Parcela: 123E debe decir 123F.

Que a fs. 36 el Dpto. Catastro del I.P.V. y D.U. informa que se realizó la inspección en el terreno y se constató que el inmueble se encuentra con cultivo de caña de azúcar y con una construcción de vivienda perimetral cerrada de mampostería, donde vive una familia que dice ser cuidadora del inmueble. Señala que tiene una superficie de 3 Has. 3969m2 y fue...

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