DECRETO 2937 / 2017 DECRETO de 13 de Septiembre de 2017
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Septiembre de 2017 |
Fecha de la disposición | 13 de Septiembre de 2017 |
Número de Boletín | 29091 |
Fecha de Publicación | 21 de Septiembre de 2017 |
Número de documento | 61925 |
DECRETO N° 2.937/3(ME), del 13/09/2017.
EXPEDIENTE N° 3079/110-L-2017- y Agdo.-
VISTO el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura de Tucumán en la sesión del 30 de agosto de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que en dicho proyecto se autoriza se autoriza al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano (I.P.V.y D.U.) a transferir en venta a sus actuales ocupantes un inmueble ubicado en la localidad de García Fernández, departamento Leales, identificado según plano de Mensura y División n° 19831/92 con la Nomenclatura Catastral: Padrón n° 189.665; Circunscripción: 2; Sección: F; Lamina: 140; Parcela: 123 F; Matricula: 15004; Orden: 2739, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matricula Registral n° F-7873.
Que dicho inmueble será destinado a la regularización, erradicación, construcción y/o consolidación de los asentamientos o barrios de emergencia, y serán transferidos en venta a sus actuales ocupantes que reúnan los requisitos allí mencionados.
Que por el artículo 3° de la citada Ley se faculta al Poder Ejecutivo para que a través de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, realice los trabajos de relevamiento social, planimetría y determinación de los beneficiarios y en su artículo 4° se prohíbe al adjudicatario la enajenación a cualquier título del inmueble hasta la cancelación total del precio establecido.
Que a fs. 08/16, 26, 35 y 44/45 se agrega informe del Registro Inmobiliario, plano de Mensura y División e impresiones fotográficas.
Que a fs. 17/18 el Departamento de Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que el inmueble se encuentra inscripto en la Matrícula Registral F-7873 a nombre del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano. Asimismo, indica que se realizó el relevamiento del predio y se constató que el mismo se encuentra baldío y cultivado con caña. Agrega que la matrícula registral tiene mal consignada la nomenclatura catastral, donde dice: Circunscripción: I debe decir II; matrícula catastral: 2722 debe decir 15004; y Parcela: 123E debe decir 123F.
Que a fs. 36 el Dpto. Catastro del I.P.V. y D.U. informa que se realizó la inspección en el terreno y se constató que el inmueble se encuentra con cultivo de caña de azúcar y con una construcción de vivienda perimetral cerrada de mampostería, donde vive una familia que dice ser cuidadora del inmueble. Señala que tiene una superficie de 3 Has. 3969m2 y fue...
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