Decreto 952/2007

Fecha de disposición25 Julio 2007
Fecha de publicación25 Julio 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31203

Apruébase el 'Convenio de Transferencia de la Administración y Explotación de los Elevadores Terminales del Puerto Bahía Blanca (Ex J.N.G.) bajo control de la SAGPyA, al Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires', suscripto con fecha 6 de mayo de 2003, 'ad referendum' del Poder Ejecutivo Nacional y de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 24/7/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0181328/2002 del Registro del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Visto tramita la transferencia de la administración y explotación de elevadores terminales portuarios de la ex JUNTA NACIONAL DE GRANOS, al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que en dichas actuaciones, con fecha 6 de mayo de 2003 se firmó el Convenio Nº 28 de 'TRANSFERENCIA DE LA ADMINISTRACION Y EXPLOTACION DE LOS ELEVADORES TERMINALES DEL PUERTO BAHIA BLANCA (EX J.N.G.) BAJO CONTROL DE LA SAGPyA, AL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES'.

Que en lo que respecta al cedente, el mencionado Convenio fue suscripto por el entonces Secretario de Agricultura, Ganadería,

Pesca y Alimentos, 'ad referendum' del suscripto.

Que los Elevadores Terminales del Puerto de Bahía Blanca se encuentran ubicados dentro de la jurisdicción del Puerto de Bahía Blanca, cuya administración, explotación y dominio fueron transferidos por el ESTADO NACIONAL a la Provincia de BUENOS AIRES, mediante el Acta de Transferencia suscripta en fecha 1 de setiembre de 1993, en el marco de la Ley deActividades Portuarias Nº 24.093.

Que las mencionadas instalaciones granarias fueron otorgadas en concesión por el ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a la firma 'TERMINAL BAHIA BLANCA S.A.'.

Que en virtud de ello, las autoridades provinciales y portuarias solicitaron la culminación del proceso de transferencia de las áreas portuarias y operatorias portuarias ordenadas por la Ley deActividades Portuarias Nº 24.093 y, consecuente con ello, la necesidad de proceder a la transferencia de la titularidad del carácter de concedente de los Contratos de Concesión de los elevadores terminales ubicados en los puertos provinciales.

Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en Dictamen de fecha 22 de mayo de 2000, en ocasión de pronunciarse acerca de la pretensión del Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén, sostuvo que la transferencia de este Puerto a la Provincia de BUENOS AIRES, incluyó el elevador terminal de granos...

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