Decreto 874/2007

Fecha de disposición12 Julio 2007
Fecha de publicación12 Julio 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31194

Recházase un Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución JGM Nº 893 del 6 de diciembre de 2005.

Bs. As., 10/7/2007

VISTO el expediente Nº 2309/2003 del registro de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución JGM Nº 893 del 6 de diciembre de 2005, y CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el VISTO tramita una presentación efectuada por el Administrador Gubernamental perteneciente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Ingeniero Eduardo Alberto CAMMISA caratulada como recurso jerárquico contra la Resolución JGM Nº 893/05, mediante la cual se rechazó el reclamo interpuesto por el causante y se revocaron ciertos artículos de la Disposición Nº 61 de la SUBSECRETARIADE LA GESTION PUBLICA de fecha 18 de febrero de 2000 y el artículo 1º de la Disposición Nº 1 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de fecha 14 de enero de 2003, ambas unidades dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 446 de fecha 12 de noviembre de 1999 se dispone dar por cumplidos respecto a los agentes incluidos en los regímenes escalafonarios de la Administración Pública Nacional que hayan sido convocados por las máximas autoridades en el ámbito nacional, provincial y/o municipal para cumplir funciones de carácter político y/o de nivel extraescalafonario, a partir de su convocatoria y mientras dure el desempeño de tales tareas, los requisitos de capacitación y de evaluación con la máxima calificación, que para cada caso prevén los respectivos estatutos y regímenes escalafonarios vigentes en cada ámbito.

Que atento lo dispuesto oportunamente por la Decisión Administrativa Nº 446/99, diversos agentes fueron promovidos de grado, mediante la Disposición Nº 61 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 18 de febrero de 2000, entre otros, el Administrador Gubernamental Ingeniero Eduardo Alberto CAMMISA.

Que asimismo, mediante Disposición Nº 1/03 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y EVALUACION PRESUPUESTARIA, se ordenó la liquidación y pago de las diferencias salariales emergentes de la aplicación de la ya citada Disposición Nº 61/00.

Que, en su presentación el recurrente sostiene que la Resolución JGM Nº 893/05 fue dictada mediando incompetencia, atento que las disposiciones cuya revocación se dispuso, ya habían generado derechos subjetivos a su favor, encontrándose firme y consentida.

Que refiere, además que el acto administrativo impugnado...

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