Decreto 284/2019

Fecha de publicación25 Abril 2019
SecciónDecretos
EmisorINSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
VISTO el Expediente Nº S02:0048936/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramitó el recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio promovido por el señor Miguel Ángel PRATTO, contra la Resolución Conjunta Nº 87 y Nº 52 del 27 de abril de 2009 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, actualmente organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, por la cual se dio por aprobado, a partir del 1º de diciembre de 2008, el reencasillamiento del personal permanente de ese Instituto en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en la presentación aludida en el considerando anterior el causante solicita se reconsidere su situación escalafonaria y se lo ubique en el Agrupamiento Científico Técnico.

Que por la Resolución Conjunta Nº 122 y Nº 223 del 25 de noviembre de 2009 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del referido INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, se rechazó el recurso de reconsideración promovido contra la Resolución citada en el primer considerando.

Que teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde en esta instancia sustanciar el recurso jerárquico incoado en subsidio.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia entendiendo que corresponde rechazar el citado recurso.

Que analizadas la procedencia formal, los elementos de juicio sostenidos por el recurrente -el cual no ha ampliado los fundamentos de su recurso-, y las intervenciones de las áreas competentes, se concluye que no se han alegado fundamentos que permitan controvertir aquellos por los cuales se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra la referida Resolución Conjunta Nº 87 y Nº 52 del 27 de abril de 2009 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, resultando ajustado a derecho rechazar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio.

Que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR