Decreto 284 / 2007. Decreto Sintetizado del 13 de Febrero de 2007. Aviso Nro: 13943

Fecha de la disposición16 de Febrero de 2007
Número de Boletín26478
Fecha de Publicación16 de Febrero de 2007

DECRETO N° 284/5 (MEd), del 13/02/2.007. Expte. N° 021379/230-M-06. VISTO la Ley N° 7816, promulgada el 3 de octubre de 2006, y CONSIDERANDO:

Que la referida norma establece, por única vez, un procedimiento de titularización de personal docente que cumple funciones de Director con carácter interino, o en condición de Provisorio o a Cargo de Dirección, Normalizador, Organizador o Interventor, en establecimientos educativos del ex Nivel Medio, Nivel Polimodal, Escuelas Técnicas, Agrotécnica y Educación Especial (art. 1°). Que mediante Decreto N° 4055/5 (MEd), de fecha 15 de noviembre de 2006, se reglamenta el procedimiento para constatar el cumplimiento de los requisitos y se lleve a cabo el examen de competencia respectivo. Que por el artículo 2° del referido acto administrativo se postergó para el corriente año lectivo la ejecutoriedad de la ley para quienes se desempeñan en Escuelas Técnicas y Agrotécnicas, por lo que corresponde disponer su cumplimiento. Por ello, atento el dictamen de Fiscalía de Estado N° 3291/06, de fecha 14/11/06 (fs. 8). EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

ARTICULO 1°

Establécese el procedimiento para acceder a la titularización prevista en la Ley N° 7816, en el que deberá constatarse el cumplimiento de los requisitos y el examen de competencia exigidos por la norma que se reglamenta, para el personal al que la misma se refiere que se desempeñan en Escuelas Técnicas y Agrotécnicas. ARTÍCULO 2°.- La Ley que se reglamenta no comprende al Personal Docente acogido a un Beneficio Jubilatorio de cualquier carácter, como tampoco a quien por su edad y años de servicios requeridos por la Ley N° 24.016 Y por Decreto Nacional N° 137/05 de fecha 21/02/05, se encuentre en condiciones de acceder a dicho beneficio. ARTÍCULO 3°.- El agente debe cumplir el Régimen de Compatibilidad, a cuyos efectos presentará la Declaración Jurada de cargos actualizada, en forma, y la Situación de Revista o Formulario 504, según corresponda, cuyos datos y carga horaria respectiva deberán resultar coincidentes. ARTÍCULO 4º.- Procedimiento previo al examen de competencia:

1) Los Docentes formularán el pedido de Titularización, hasta el día 21 de febrero de 2007, ante la Dirección de Nivel con competencia sobre el Establecimiento Educativo en el que ejerce el cargo a titularizar. 2) Los Docentes presentarán Declaración Jurada de Cargos, con puntaje parcial y total, Situación de Revista o Formulario 504 -según el caso- y fotocopia...

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