Decreto 280/2019

Fecha de publicación07 Mayo 2019
SecciónDecretos
EmisorNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
undefinedCiudad de Buenos Aires, 17/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-36233598-APN-DGD#MPYT, la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones y el Decreto N° 793 de fecha 3 de septiembre de 2018 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 793 de fecha 3 de septiembre de 2018 y su modificatorio se fija, hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho de exportación del DOCE POR CIENTO (12%) a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.).

Que por el artículo 2° del mencionado decreto se establece que ese derecho no podrá exceder de PESOS TRES ($3) o PESOS CUATRO ($4), en función de la mercadería de que se trate, por cada dólar estadounidense del valor imponible, incluyendo el importe que arroje la aplicación de la alícuota dispuesta, o del precio oficial FOB, según corresponda.

Que por el Decreto N° 865 de fecha 27 de septiembre de 2018 se desgravó del derecho de exportación aludido, la parte del valor imponible de los bienes de capital comprendidos en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (N.C.M.) detalladas en el Anexo I del Decreto N° 1126 del 29 de diciembre de 2017 y sus modificatorios, que corresponda a importes facturados y parcial o totalmente percibidos por el exportador, con fecha anterior a la entrada en vigencia del Decreto N° 793/18 y su modificatorio.

Que, asimismo, mediante el citado Decreto N° 865/18 se exceptuó del derecho de exportación referido a los sujetos beneficiarios del Régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE”, creado por la Resolución General Conjunta N° 4049 del 12 de mayo de 2017 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que el Gobierno Nacional tiene como objetivo prioritario el crecimiento sostenido, la competitividad y el aumento de empleo para lo cual la promoción de las exportaciones es una herramienta de gran utilidad.

Que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) tienen una importancia central para la economía nacional por su aporte a la producción y distribución de bienes y servicios y su gran potencial de generación de puestos de trabajo y para el impulso de las economías regionales.

Que, en ese marco, resulta adecuado desgravar del derecho de exportación establecido por el Decreto N° 793/18 y su modificatorio a las exportaciones de las Micro...

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