Decreto 274/2021

Fecha de publicación28 Abril 2021
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-16356937-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de desarrollo y fabricación del sistema satelital geoestacionario de telecomunicaciones segunda generación: Satélite ARSAT - SG1”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL (US$ 243.800.000).

Que el objetivo del Proyecto es contribuir a la conectividad digital en zonas de difícil acceso, a partir del desarrollo y construcción en la REPÚBLICA ARGENTINA del sistema satelital geoestacionario ARSAT - SG1, el cual permitirá brindar servicios de banda ancha satelital.

Que el referido Programa se estructura en CUATRO (4) componentes: (I) Protección de espacios orbitales GEO; (II) Construcción, puesta en servicio y segmento terrestre, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 2.1. Construcción del satélite y puesta en servicio y 2.2 Segmento terrestre; (III) Administración, auditoría y evaluaciones, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 3.1 Administración y auditoría y 3.2 Evaluaciones del Proyecto y (IV) Otros gastos.

Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, quien será responsable de la ejecución y coordinación técnica a través de la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (AR-SAT) y la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA que será responsable de la coordinación administrativa, mientras que la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN será el organismo subejecutor para la ejecución de la evaluación del Proyecto.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de...

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