Decreto 408/2007
Fecha de disposición | 25 Abril 2007 |
Fecha de publicación | 25 Abril 2007 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 31142 |
Danse por prorrogadas designaciones transitorias en el ámbito de la Dirección de Sumarios dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del citado Ministerio.
Bs. As., 23/4/2007
VISTO los Decretos Nros. 1661 del 25 de noviembre de 2004, 1647 del 27 de diciembre de 2005 y 1246 del 14 de septiembre de 2006, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente Nº 1-2002-5623/04-0 del registro del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1661/04, se designó con carácter transitorio en el ámbito del referido Ministerio y como excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 --T.O. 1995-- y sus modificatorios, a la doctora Da. Irene Cristina GAJOWNICZEK --Instructora Sumariante--, en un cargo Nivel C --Grado 0-- y Dn. Agustín Jorge INGRATTA en un cargo Nivel D --Grado 0--, ambos cargos vacantes del agrupamiento general del escalafón instituido por el citado Decreto Nº 993/91, pertenecientes a la DIRECCION DE SUMARIOS dependiente de la SUBSECRETARIADE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD.
Que dichas designaciones preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los sistemas de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el citado Decreto Nº 993/91, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria, plazo que ha expirado.
Que el referido plazo fue prorrogado por los Decretos Nros. 1647/05 y 1246/06 y se encuentra actualmente vencido.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas las citadas personas, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.
Que la DIRECCION GENERAL DEASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Decreto Nº 491/02, artículo 1º.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Danse por prorrogadas, a...
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