Decreto 262/2023

Fecha de publicación08 Mayo 2023
EmisorPERSONAL MILITAR
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-114879073-APN-DGPYB#FAA, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, lo informado por los señores Jefes del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el ESTADO NACIONAL y las FUERZAS ARMADAS mantener las Agregadurías Militares en el exterior, a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las FUERZAS ARMADAS de la región pertinente.

Que conforme lo establecido por el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá designar Agregados especializados o Agregadas especializadas en las áreas de Defensa, Cultura, Economía u otras, por iniciativa propia o a propuesta de los distintos Ministerios, con afectación a sus respectivos presupuestos.

Que, asimismo, la citada norma prescribe que este servicio de Agregados especializados o Agregadas especializadas dependerá del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, salvo en los asuntos específicos de su especialidad y función, en los que mantendrán dependencia directa con el Ministerio de origen, y además formarán parte de la misión diplomática en que actúen y estarán subordinados o subordinadas al Jefe o a la Jefa de la misma, a quien deberán enterar de las instrucciones que reciban y de los informes que remitan a sus respectivos Ministerios.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Comodoro Leonardo Rubén MUZZI para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Que intervino en el ámbito de sus competencias la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias los servicios de asesoramiento jurídico permanente del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, del...

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