Decreto 2600/2014

Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014



MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 2600/2014

Desígnanse Directores en la Subsecretaría de Calidad Turística.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° STN:0000737/2014 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de dicha ley.

Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 previó que la asignación transitoria de funciones a que se refiere la medida citada en el considerando anterior comprende a aquellas que impliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior y que generen una mayor erogación y su correspondiente compromiso presupuestario.

Que en virtud de encontrarse vacante el cargo Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I de Director Nacional de Agencias de Viajes dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD TURÍSTICA de la SECRETARÍA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de esa Jurisdicción, resulta necesario asignar con carácter transitorio las funciones correspondientes al mencionado cargo, situación que se encuentra comprendida en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y por el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que la agente del Agrupamiento General, Nivel...

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