Decreto 2516/2014

Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2014



PRESUPUESTO

Decreto 2516/2014

ModifÃcase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Bs. As., 19/12/2014

VISTO las Leyes Nros. 23.928, sus modificatorias y complementarias, 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, las Resoluciones Conjuntas N° 86 de la SECRETARÍA DE FINANZAS y N° 321 de la SECRETARÍA DE HACIENDA de fecha 4 de diciembre de 2014, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y N° 90 de la SECRETARÍA DE FINANZAS y N° 327 de la SECRETARÍA DE HACIENDA de fecha 10 de diciembre de 2014, ambas del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 50 de la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de Administración Nacional para el Ejercicio 2014, autoriza al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a integrar el Fondo del Desendeudamiento Argentino, creado por el Decreto N° 298 de fecha 1 de marzo de 2010, por hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES (U$S 9.855.000.000), destinado a la cancelación de los servicios de la deuda pública con tenedores privados correspondientes al Ejercicio Fiscal 2014 y, en caso de resultar un excedente y siempre que tengan efecto monetario neutro, a financiar gastos de capital.

Que dicha polÃtica se ha revelado eficaz para disminuir los costos de endeudamiento público, en el marco de la autonomÃa decisoria que caracteriza a la polÃtica económica nacional.

Que con el objeto de dar certeza sobre el normal cumplimiento de las obligaciones del ESTADO NACIONAL durante el año 2014 las SECRETARÍAS DE HACIENDA y DE FINANZAS, ambas dependientes del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se encuentran avocadas a la realización de operaciones de administración de pasivos, en el marco de lo establecido en el ArtÃculo 55 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Que, a tal fin, resulta necesario posibilitar con urgencia la utilización de los recursos a los que se refiere el ArtÃculo 50 de la Ley N° 26.895 durante el corriente ejercicio fiscal, dado que se estarán cancelando vencimientos correspondientes al año 2015, pero que se harán efectivos durante el año 2014.

Que, por otra parte, en el marco de la programación...

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