DECRETO 2515 / 2020 DECRETO de 21 de Diciembre de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Enero de 2021 |
Fecha de la disposición | 21 de Diciembre de 2020 |
Número de Boletín | 29897 |
Fecha de Publicación | 13 de Enero de 2021 |
Número de documento | 80073 |
DECRETO N° 2.515/3 (SH), del 21/12/2020.
EXPEDIENTE N° 09/389-R-2018 y agreg.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita autorización para adoptar las medidas tendientes al pago de retroactividades post sentencia a favor del señor Antonio Eduardo Riba, Jubilado Transferido a la Nación, en su carácter de actor del juicio "Riba, Antonio Eduardo y Otros C/Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrativo" - Expte. N° 351/14", y
CONSIDERANDO:
Que la Sentencia N° 551 del 23 de septiembre de 2016, dictada por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo - Sala III°, obrante de fojas 2 a 9, recaída en el juicio mencionado hace lugar a la demanda promovida por los actores del juicio, entre ellos el señor Riba, reconociéndoles su derecho tanto a la movilidad y al reajuste de sus haberes previsionales como a percibir las diferencias originadas; y en consecuencia condena a la Provincia a abonar las diferencias y a arbitrar lo necesario para que perciba mensualmente los montos correspondientes acorde con los derechos que respecto de sus haberes previsionales se reconocen.
Que a foja 50, el área técnica correspondiente del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post sentencia, por el período comprendido desde septiembre de 2017 a diciembre de 2019, incluidos los respectivos S.A.C., e informa que corre onde el pago por la suma de $ 614.329,97.-
Que a fojas 53/ 54, la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado y Contaduría General de la Provincia verifican los cálculos y estiman que son razonables.
Que en consecuencia, resulta necesario dictar la medida administrativa tendiente a disponer el pago de retroactividades post sentencia al señor Riba, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3(S.H.) del 12/11/2009, y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E) del 28/04/2010.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 55, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1547 del 31 de agosto de 2020, adjunto a fejas 57, de estos...
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