Decreto 2196/2010

EmisorPRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2011

Jueves 3 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.084 8 que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artÃculo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto N'º' 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de DOS (2) cargos vacantes financiados del PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA del referido Ministerio.

Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo dispuesto por el artÃculo 7'º de la Ley N'º' 26.546 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mÃnimos establecidos en el artÃculo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N'º' 2098/08.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del citado Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurÃdico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artÃculo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artÃculos 7'º y 10 de la Ley N'º' 26.546, como asà también en función de lo dispuesto por el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — DesÃgnanse transitoriamente, a partir del dictado del presente acto y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, al doctor Juan Manuel FIGUEROA (D.N.I.

N'º'...

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