Decreto 2171/2010

EmisorMinisterio de Turismo
Fecha de la disposición19 de Enero de 2011

Miércoles 19 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.073 3

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurÃdico del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artÃculo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Dase por prorrogada, a partir del 22 de junio de 2010 —fecha de su vencimiento— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, la designación transitoria del doctor Ricardo Mario IRALA (D.N.I. N'º' 10.356.677) en el cargo de Director de la DIRECCION DE SUMARIOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del ex MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel B - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel II, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mÃnimos establecidos en el artÃculo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N'º' 2098/08, dispuesta por el Decreto N'º' 1391/09.

Art. 2

'º — El cargo involucrado en este acto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II CapÃtulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto N'º' 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles contados a partir del 22 de junio de 2010.

Art. 3

'º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D.

Fernández. — Julio C. Alak.

% 3 % % 3 % MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Decreto 27/2011

Traslado de un funcionario.

Bs. As., 11/1/2011

VISTO el Expediente N'º' 69.707/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto N'º' 731 de fecha 4 de septiembre de 2003, la solicitud de traslado presentada por el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Carlos PIÑEIRO IÑIGUEZ, debido a razones de Ãndole personal impostergables, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N'º' 731/03 mencionado en el Visto se designó al Embajador D.

Carlos PIÑEIRO IÑIGUEZ como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE ECUADOR.

Que el mencionado funcionario presentó la solicitud de traslado a la República debido a razones de Ãndole personal impostergables.

Que por tal motivo, corresponde acceder a lo solicitado por el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Carlos PIÑEIRO IÑIGUEZ.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el ArtÃculo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Trasládase de la Embajada de la República en la REPUBLICA DE ECUADOR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D.

Carlos PIÑEIRO IÑIGUEZ (D.N.I. N'º' 11.027.990).

Art. 2

'º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas correspondientes del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para el presente ejercicio.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

% 3 % % 3 % MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Decreto 2170/2010

ConvalÃdanse desplazamientos de funcionarios a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América.

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente N'° 20.033/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el viaje que la señora Presidenta de la Nación realizó a la ciudad de WASHINGTON D.C. —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA— entre los dÃas 8 y 14 de abril de 2010, y CONSIDERANDO:

Que el señor D. Enrique Luis DE BOERO BABY se desplazó en avión de lÃnea a la ciudad de WASHINGTON D.C. —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA— el dÃa 10 de abril de 2010 y regresó al paÃs el dÃa 15 de abril de 2010, a los efectos de asistir a la señora Presidenta de la Nación, en calidad de intérprete de idioma portugués.

Que la señora Da. Yvonne Elizabeth FISHER se desplazó en avión de lÃnea a la ciudad de WASHINGTON D.C. —ESTADOS UNIDOS DE AMERICA— el dÃa 7 de abril de 2010 y regresó al paÃs el dÃa 15 de abril de 2010, a los efectos de asistir a la señora Presidenta de la Nación, en calidad de intérprete de idioma inglés.

Que el Decreto N'° 280/95 establece el régimen al que se ajustarán los viajes al exterior del personal de la Administración Pública Nacional, disponiendo en su artÃculo 19 que, cuando se trate de funcionarios que integren misiones al exterior encabezadas por los señores Presidente o Vicepresidente de la Nación, o funcionarios comprendidos en el Nivel Jerárquico I de la planilla que obra como Anexo III del citado Decreto, tanto esos últimos titulares de misión como sus acompañantes, podrán optar por percibir el monto diario de los gastos que ocasione su alojamiento en hotel, juntamente con el...

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