Decreto 2379. Decreto N° 852\/2014. Modificación.

Fecha de disposición13 Noviembre 2015
Fecha de publicación13 Noviembre 2015
SecciónDecretos

Decreto 2379/2015

Decreto N° 852/2014. Modificación.

Bs. As., 10/11/2015

VISTO las Leyes N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, N° 26.522, N° 26.784 y N° 26.838 y los Decretos N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, N° 746 del 28 de marzo de 2003 y N° 852 del 5 de junio de 2014 y la norma conjunta Resolución General AFIP N° 3.681 y Resolución JGM N° 885, ambas del 2 de octubre de 2014 y su modificatoria Resolución General AFIP N° 3703 y Resolución JGM N° 1180, ambas del 19 de diciembre de 2014 , y

CONSIDERANDO

Que el Decreto N° 852/14 estableció un régimen de cancelación de deudas impositivas, aduaneras y previsionales, mediante la dación en pago de espacios publicitarios o la utilización de servicios conexos, para los titulares de medios de comunicación y de productoras de contenidos audiovisuales, siempre y cuando la deuda a cancelar hubiera sido conformada por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, evitando con ello resentir la actividad económica de los mismos y promoviendo fuentes de trabajo.

Que mediante la norma conjunta Resolución General AFIP N° 3.681/14 y Resolución JGM N° 885/14 y su modificatoria, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS reglamentaron el citado decreto, disponiendo los procedimientos y acciones necesarios a efectos de adherir al mencionado régimen de cancelación de deudas.

Que, visto el impacto positivo que la medida ha obtenido entre los titulares de medios de comunicación y de productoras de contenidos audiovisuales resulta procedente extender los alcances de ésta, de manera de abarcar a la mayor cantidad de sujetos que mantengan deudas impositivas, aduaneras y previsionales con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, hasta el mes anterior a la publicación del presente, con más sus intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás accesorios.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2015 el plazo previsto para formalizar ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS la solicitud de adhesión al régimen establecido por el Decreto N° 852/14.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes con competencia en la materia.

Que...

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