DECRETO 2319 / 2019 DECRETO de 5 de Agosto de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Agosto de 2019 |
Fecha de la disposición | 5 de Agosto de 2019 |
Número de Boletín | 29557 |
Fecha de Publicación | 21 de Agosto de 2019 |
Número de documento | 73677 |
DECRETO N° 2.319/3 (ME), del 05/08/2019.-
EXPEDIENTE N° 5.734/376-O-2019
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Rentas (D.G.R) gestiona la aprobación y adjudicación de la Licitación Pública N° 15/19, con el objeto de adquirir 2.000.000 de boletas comodín (de impuestos patrimoniales) para emisión en mostrador, y
CONSIDERANDO:
Que a Fs. 21/22 obra Resolución N° 476/ME del 29/4/2019 por la que se autorizó a la D.G.R a efectuar un llamado a licitación pública, destinada a la adquisición indicada, en base a un presupuesto estimado de $1.600.000.
Que a Fs. 31/34 se agregan las publicaciones de rigor efectuadas en el Boletín Oficial, a foja 146 obra la comunicación efectuada al diario local impreso de mayor circulación de la provincia y a foja 147 la Secretaría de Estado de Comunicación Pública informa que la licitación referida fue controlada y publicada en el sitio web oficial de la Provincia de Tucumán a partir del 7/5/2019, de conformidad con el artículo 5° del Decreto Acuerdo N° 22/1 del 23/04/2009.
Que a foja 107 obra Acta de Apertura del 22 de mayo de 2019, donde consta que se presentaron al acto licitatorio las firmas: Soria Daniel Enrique, Tecnopel S.R.L y Artes Gráficas S.A, que cotizan lo solicitado por las sumas de $1.060.000, $1.100.000 y $1.240.000 respectivamente.
Que a fojas 134/135 se agrega Dictamen de la Comisión de Preadjudicación por el que aconseja adjudicar la licitación a la firma Soria Daniel Enrique, por un monto total de $1.060.000, en virtud de cumplir la oferta presentada con las exigencias requeridas por la normativa y atento al informe técnico del sector competente.
Que a foja 137 el Servicio Administrativo Financiero de la D.G.R informa la partida presupuestaria que atenderá la erogación.
Que por todo lo expuesto, y encontrándose el procedimiento ajustado a la normativa legal vigente -artículo 55° de la Ley N° 6.970 de Administración Financiera, modificado por la Ley N° 8.716 del 23/09/2014, artículo 4° y Ccts. del Decreto Acuerdo N° 22/1-09 y a la Escala de contrataciones de bienes y servicios del Estado Provincial, aprobada por el Decreto N° 1.075/3(ME)-19, resulta del caso aprobar y adjudicar la referida licitación pública, dictando para ello la pertinente medida administrativa.
Por ello, atento a lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 140 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1688 del 31 de julio de...
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