Decreto 1799/2010

Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2010

infoleg SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1799/2010

Dispónese la reapertura de la Embajada de la República Argentina en la República de Guyana.

Bs. As., 24/11/2010

VISTO el Expediente Nº 49.964/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto Nº 9130 de fecha 26 de diciembre de 1972, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto mencionado en el Visto, se aprobó el establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE GUYANA.

Que por el Decreto Nº 1722 de fecha 25 de agosto de 1980 se dispuso la apertura de la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA DE GUYANA, con sede en la ciudad de Georgetown.

Que por razones presupuestarias, en el año 1991, se dispuso el cierre de la Representación Diplomática de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA DE GUYANA.

Que la reapertura de la Representación Diplomática en la REPUBLICA DE GUYANA reflejará el interés mutuo de fortalecer los tradicionales lazos de amistad y cooperación entre ambos pueblos y permitirá ampliar los vínculos entre los dos países.

Que tal hecho reafirmará el compromiso de la REPUBLICA ARGENTINA con el sistema de integración regional, destacando que la REPUBLICA DE GUYANA es miembro pleno de la UNION DE NACIONES SURAMERICANAS -a cargo de la Presidencia Pro Tempore de dicho organismo en el corriente año-, como así también del GRUPO RíO y sede de la COMUNIDAD DEL CARIBE.

Que el Gobierno de la REPUBLICA DE GUYANA prestó su consentimiento para la reapertura de la Embajada de la República en ese país, conforme lo establecido en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, aprobada por el Decreto Ley Nº 7672 de fecha 13 de septiembre de 1963 y demás normas complementarias.

Que han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR