DECRETO 2284 / 2018 DECRETO de 13 de Julio de 2018

Fecha de Entrada en Vigor28 de Julio de 2018
Fecha de la disposición13 de Julio de 2018
Número de Boletín29297
Fecha de Publicación27 de Julio de 2018
Número de documento67308

DECRETO N° 2.284/1 (FE), del 13/07/2018.

EXPEDIENTE N° 3.198/360-C-17.-

VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de honorarios regulados al Dr. Rubén Urueña y al Dr. Luis Martín Picón en el Juicio: "Caja Popular de Ahorros de Tucumán C/ A.P.U.N.T. S/ Cobros (Sumario)" (Expte. N° 3635/12) que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial Común de la Vª Nominación, y

CONSIDERANDO:

Que se adjuntan Formularios de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1 (FE)-16 Anexo II) (fs. 1 y 19), Constancia de Inscripción ante AFIP de los letrados (fs. 18 Y 36), copia de Sentencia N° 575 de fecha 12 de noviembre de 2015, que regula honorarios por el proceso principal y por el incidente de excepción de prescripción (fs. 9), copia de Sentencia N° 497 de fecha 27 de septiembre de 2016 de regulación de honorarios por el recurso de apelación (fs. 13/14), copia de Sentencia N° 24 de fecha 16 de febrero de 2017, que ordena se lleve adelante la ejecución de honorarios promovida por el Dr. Urueña (fs. 16), copia de Sentencia N° 25 de fecha 16 de febrero de 2017, que ordena se lleve adelante la ejecución de honorarios promovida por el Dr. Picón (fs. 17), copia de Sentencia N° 54 de fecha 5 de marzo de 2014, que hace lugar a la excepción de prescripción deducida por la demandada e impone las costas a la actora (fs. 39) y copia de Sentencia N° 431 de fecha 12 de agosto de 2015 dictada por la Excma. Cámara Civil y Comercial Común, Sala III, que confirma la sentencia anterior e impone las costas de la alzada a la actora (fs. 6/7).

Que a fs. 41 Asesoría Letrada de la Caja Popular de Ahorros de Tucumán informa que se han cumplido con la totalidad de los requisitos exigidos por el Decreto N° 1.583/1(FE)-16, por lo que no formula objeción legal a la continuidad del trámite. Indica que se regularon honorarios profesionales a los letrados Rubén Urueña y Luis Martín Picón en la suma de $59.038.- y $32.471,40, respectivamente.

Que a fs. 44 la Gerencia Comercial de la Caja Popular de Ahorros de Tucumán informa que no se encontraron antecedentes de pagos parciales o embargos, bajos estos conceptos en el juicio de referencia.

Que a fs. 49/50 y 53/54 la Dirección Registro de Sentencias y la...

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