Decreto 1567/2010
Emisor | Direccion Nacional de Migraciones |
Fecha de la disposición | 3 de Noviembre de 2010 |
Miércoles 3 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.020 4 % 4 % DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decreto 1567/2010
Danse por prorrogadas designaciones.
Bs. As., 1/11/2010
VISTO el Expediente N'º' S02:0003707/2010 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR y los Decretos N'º' 2077 del 1'º de diciembre de 2008 y N'º' 281 del 24 de febrero de 2010, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N'º' 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que mediante el Decreto N'º' 2077/08 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en la presente medida con carácter de excepción a lo establecido por el TÃtulo III, CapÃtulos I y II del Anexo I del Decreto N'º' 993/91 (t.o. 1995).
Que por el Decreto N'º' 281/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto N'º' 2077/08, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N'º' 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura de los cargos en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles por lo que resulta indispensable prorrogar dichas designaciones por un perÃodo adicional de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles más.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artÃculo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el Decreto N'º' 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ArtÃculo 1'º â Dase por prorrogado a partir de la fecha de su respectivo vencimiento y por el término de CIENTO...
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