Decreto 1068/2003
Fecha de disposición | 17 Noviembre 2003 |
Fecha de publicación | 17 Noviembre 2003 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 30278 |
CONTRATOS CONTRATOS
Decreto 1068/2003
Apruébanse el modelo de Contrato de Garantía a suscribirse con el Banco Interamericano de Desarrollo y el modelo de Contrato de Contragarantía, a suscribirse con la provincia de Salta, en relación con la asistencia financiera a la misma para la ejecución del Programa de Apoyo al Desarrollo Integrado del Sector Turismo de la Provincia de Salta.
Bs. As., 13/11/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0099938/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el modelo de CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1465/OC-AR, y
CONSIDERANDO:
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO ha resuelto otorgar un financiamiento en la modalidad directa a la Provincia de SALTA por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CUATRO MILLONES CIEN MIL (U$S 34.100.000) en virtud del CONTRATO DE PRESTAMO Nº 1465/OC-AR a celebrarse entre la Provincia de SALTA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, condicionado a que la NACION ARGENTINA afiance solidariamente las obligaciones financieras de la Provincia de SALTA estipulada en dicho contrato.
Que mediante el referido CONTRATO DE PRESTAMO, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO se compromete a asistir financieramente a dicha Provincia a fin de posibilitar la ejecución del PROGRAMA DE APOYO AL DESARROLLO INTEGRADO DEL SECTOR TURISMO DE LA PROVINCIA DE SALTA.
Que el objetivo general del Programa consiste en contribuir al desarrollo productivo de la citada Provincia, impulsando el sector turismo como motor de desarrollo económico, mejorando la infraestructura social y promoviendo el fortalecimiento de la gestión fiscal a fin de capitalizar las mejoras en la actividad económica, generándose así recursos que permitan la sostenibilidad intertemporal del proceso del desarrollo productivo provincial.
Que el CONTRATO DE GARANTIA tiene por finalidad afianzar todas las obligaciones financieras, tales como el pago del principal, intereses, comisiones de inspección y vigilancia, comisión de crédito y comisión por pago anticipado contraídas por la Provincia de SALTA, en el referido CONTRATO DE PRESTAMO.
Que las obligaciones garantizadas por la NACION ARGENTINA no incluyen compromisos de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del Programa.
Que el CONTRATO DE CONTRAGARANTIA estipula que la Provincia de SALTA se obliga expresamente a autorizar la atención de los compromisos asumidos por la NACION ARGENTINA, en su calidad...
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