Decreto 1210/2003

Fecha de disposición31 Diciembre 2004
Fecha de publicación15 Diciembre 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30297

EMERGENCIA SANITARIA EMERGENCIA SANITARIA NACIONAL

Decreto 1210/2003

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2004 la declaración de Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por el Decreto N° 486/2002 y prorrogada por su similar 2724/2002. Mantiénese la prioridad asignada a los programas del Ministerio de Salud por el Decreto N° 1053/2002. Alcances. Prorrógase por el término de ciento ochenta días el Programa Médico Obligatorio de Emergencia.

Bs. As., 10/12/2003

VISTO el Decreto N° 2724 del 31 de diciembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se dio por prorrogada hasta el 10 de diciembre de 2003, la declaración de EMERGENCIA SANITARIA NACIONAL, oportunamente dispuesta por el artículo 1° del Decreto N° 486 de fecha 12 de marzo de 2002.

Que tal Emergencia Sanitaria se fundamentó en la imperiosa necesidad de instrumentar las herramientas necesarias y adecuadas para enfrentar la grave crisis del sector salud con arreglo a lo dispuesto en la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley N° 25.561 sobre emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que en atención a la realidad sanitaria del país y a las obligaciones inherentes del Estado Nacional resulta necesario prorrogar la emergencia sanitaria a fin de continuar el desarrollo de las acciones que se han venido implementando para facilitar, a toda la población argentina, el acceso a los bienes y servicios, básicos de salud.

Que en esta inteligencia resulta necesario mantener el PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO DE EMERGENCIA a fin de garantizar a los beneficiarios de los Agentes del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, los servicios esenciales para su vida y la atención de sus enfermedades.

Que, asimismo y no obstante lo precedentemente expuesto, resulta imperiosa la reformulación del mencionado Programa, a fin de contar con un cuerpo normativo que permita instrumentar la paulatina implementación de una propuesta de carácter más permanente, que observe las instancias de consenso, previstas en la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 939/00 (PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO-PMO) y sus modificatorias.

Que sin perjuicio de la responsabilidad primaria que compete a las Jurisdicciones locales en materia de salud, resulta necesario continuar con el desarrollo de...

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