Decreto 792/2003

Fecha de disposición22 Septiembre 2003
Fecha de publicación22 Septiembre 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30239

PRESUPUESTO PRESUPUESTO

Decreto 792/2003

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003, en las Jurisdicciones 20 - Presidencia de la Nación, 50 - Ministerio de Economía y Producción y 30 - Ministerio del Interior.

Bs. As., 18/9/2003

VISTO la Ley Nº 25.725 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 7 del 24 de enero de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que la COORDINACION GENERAL UNIDAD PRESIDENTE de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la Dirección Nacional de Migraciones, entidad descentralizada dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, han solicitado sendas modificaciones presupuestarias que implican un incremento de la partida denominada Contratos Especiales en la cual se registran las contrataciones de servicios profesionales a título personal regidas por el Decreto Nº 1184 del 20 de setiembre de 2001 y sus modificatorios.

Que el Artículo 24 de la Ley Nº 25.725 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2003 dispuso extender para el presente ejercicio fiscal las disposiciones del Artículo 2º del Decreto Nº 25 de fecha 23 de diciembre de 2001, sustituido por el Artículo 1º del Decreto Nº 113 de fecha 16 de enero de 2002 de manera que el gasto asignado a personal contratado, cualquiera sea su naturaleza jurídica, no podrá superar los créditos presupuestarios ejecutados en el Ejercicio Fiscal 2001 en las jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION NACIONAL.

Que compromisos ineludibles de las reparticiones mencionadas en los considerandos precedentes relacionadas con las actividades de apoyo al señor Presidente de la Nación y al control migratorio que ejerce la Dirección Nacional de Migraciones hacen necesario superar el límite indicado precedentemente.

Que el señor Jefe de Gabinete de Ministros no se encuentra facultado para suscribir tal modificación presupuestaria.

Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE...

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