Decreto 1269/2003

Fecha de disposición21 Mayo 2003
Fecha de publicación26 Mayo 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30157

CONVENIOS CONVENIOS

Decreto 1269/2003

Apruébase el Convenio de Asistencia Financiera celebrado el 21 de mayo de 2003 con la Provincia de Santa Fe, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 25.735, que declaró Zona de Desastre a determinados Departamentos y localidades de dicha provincia y creó un Fondo Especial para la Reconstrucción y Asistencia.

Bs. As., 23/5/2003

VISTO el convenio celebrado con fecha 21 de mayo de 2003 entre el ESTADO NACIONAL y la Provincia de SANTE FE,

CONSIDERANDO:

Que la situación de emergencia en la que se encuentran diversas zonas de la Provincia mencionada como consecuencia de las inundaciones, inclemencias climáticas y desastres naturales, ha provocado perjuicios irreparables en las personas y en sus bienes así como también en las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, forestales, pesqueras, de servicios, entre otros.

Que ello condujo a que los distintos Poderes del Estado Nacional adoptaran las acciones y medidas conducentes a paliar el impacto generado por la catástrofe climática, con la urgencia que el caso y la gravedad de la situación ameritan.

Que, en tal sentido, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION sancionó la Ley Nº 25.735 la cual, en lo atinente a la Provincia de Santa Fe, luego de declarar zona de desastre a diversos Departamentos y Localidades, crea un Fondo Especial para la Reconstrucción y Asistencia de las pérdidas ocurridas, por un monto inicial de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000).

Que, asimismo, el citado cuerpo legal faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a reestructurar, modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento del mismo, autorizándolo también a incrementar el endeudamiento público hasta la suma equivalente a la totalidad del fondo creado.

Que, en ese contexto normativo y a fin de cumplir con la referida ley, se celebró con fecha 21 de mayo de 2003 entre el ESTADO NACIONAL representado por los titulares de los MINISTERIOS DE ECONOMIA e INTERIOR y la Provincia de SANTA FE, representada por el señor GOBERNADOR, el convenio de asistencia financiera.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de la Ley Nº 25.735.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Convenio de Asistencia Financiera celebrado el 21 de mayo de 2003 entre el ESTADO NACIONAL y...

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