Decreto 1034/2002

Fecha de disposición18 Junio 2002
Fecha de publicación18 Junio 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta29922

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CONTRATOS

Decreto 1034/2002

Apruébase la rescisión de la concesión integral del Yacimiento Carbonífero de Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios con terminales en Punta Loyola y Río Gallegos. Desígnase Interventor. Funciones y facultades.

Bs. As., 14/6/2002

VISTO los Expedientes Nros. MEyOP-E-750- 001977/96, EXMINFRAVI Nº 751-003457/ 2001, EXMINFRAVI Nº 751-003563/2001, EXMINFRAVI Nº 751-002715/2001, EXMINFRAVI Nº 751-002819/2001, EXMINFRAVI Nº 751-003529/2001, EXMINFRAVI Nº 751- 001749/2001, EXMINFRAVI Nº 751-002754/ 2001, y los Expedientes CUDAP S01:0164031/2002, CUDAP S01:0151711/ 2002, CUDAP S01:0157143/2002 y CUDAP S01:0166232/2002, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado declaró a la empresa YACIMIENTOS CARBONIFEROS FISCALES EMPRESA DEL ESTADO sujeta a privatización o concesión.

Que por el Decreto Nº 988 de fecha 7 de mayo de 1993 se dispuso la privatización, a través de una Licitación Pública Nacional e Internacional, de la explotación del complejo carbonífero, ferroviario y portuario, propiedad de la empresa YACIMIENTOS CARBONIFEROS FISCALES EMPRESA DEL ESTADO, mediante la modalidad de concesión integral.

Que mediante el Decreto Nº 979 de fecha 17 de junio de 1994 el PODER EJECUTIVO NACIONAL adjudicó, a partir del 1º de julio de 1994 y por el término de DIEZ (10) años, mediante la modalidad de concesión integral, el citado complejo carbonífero y los servicios ferroportuarios a la empresa YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO SOCIEDAD ANONIMA.

Que por la Resolución Nº 163 de fecha 8 de febrero de 1995 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se delegan en la SECRETARIA DE ENERGIA las facultades que tienen por objeto fiscalizar el cumplimiento de los contratos de usufructo y concesión de la explotación del YACIMIENTO CARBONIFERO DE RIO TURBIO y de los servicios ferroportuarios con terminales en PUNTA LOYOLA y RIO GALLEGOS, ubicados en la Provincia de SANTA CRUZ.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha comprobado la existencia de innumerables incumplimientos por parte de la adjudicataria a sus obligaciones contraídas conforme al contrato de concesión y usufructo, entre ellas, la falta de preservación del medio ambiente; falta de custodia, mantenimiento y conservación de los bienes concesionados; ausencia de asistente técnico minero en el plan de desarrollo minero; falta del pago de haberes al personal y aportes previsionales; incumplimiento de la afectación de bienes a...

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