Decreto 980/2002

Fecha de disposición11 Junio 2002
Fecha de publicación11 Junio 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta29918

PROGRAMAS DE PROPIEDAD PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Decreto 980/2002

Dase por ampliado el plazo fijado por el Decreto N° 1242/01, para que los posibles sujetos adquirentes de las acciones del Programa de Propiedad Participada de Banco Hipotecario Sociedad Anónima manifiesten su voluntad de adherir al mismo.

Bs. As., 10/6/2002

VISTO el Expediente N° 090-000313/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, los Decretos N° 584 del 1 de abril de 1993 y N° 1242 del 10 de octubre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1242/01, en su artículo 1°, amplió en CIENTO VEINTE (120) días corridos desde la fecha de su publicación, el plazo para que los posibles sujetos adquirentes de las acciones del Programa de Propiedad Participada del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA, manifestasen su voluntad de adherir al mismo.

Que la instrumentación del Programa de Propiedad Participada comprende los pasos definidos en el Anexo I de la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 462 y del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 481 del 17 de mayo de 1993, esto es: difundir el Programa; elaborar las bases de datos de los posibles sujetos adherentes; proporcionar a éstos la documentación a tal fin; recibir, controlar y procesar las adhesiones; determinar la cantidad de acciones suscriptas por cada uno de ellos; publicar los resultados, recibir y resolver observaciones y organizar la primer asamblea de empleados adherentes.

Que de los pasos detallados precedentemente, hasta el momento se han cumplido los referentes a la confección de las bases de datos de los posibles sujetos adherentes y de las fechas de bajas ocurridas en la planta de personal en relación de dependencia del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA, realizándose también cálculos tentativos de tenencias individuales de acciones para el caso de adhesión total y de aportes al Fondo Complementario Móvil de Jubilaciones del ex BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

Que en cuanto a la definición de los documentos a suscribir por los posibles sujetos adquirentes (Formularios de Adhesión, Acuerdo General de Transferencia y Convenio de Sindicación de Acciones), la Resolución Conjunta del ex MTSS N° 646 y del ex MEYOSP N° 1069 del 8 de septiembre de 1999, aprobó las condiciones y documentación para adherir, las que son similares a las aplicadas en los demás Programas de Propiedad Participada instrumentados en las empresas...

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