Decreto 918/1999

Fecha de disposición26 Agosto 1999
Fecha de publicación26 Agosto 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29216

MINISTERIO DE ECONOMIA Y MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 918/99

Facúltase al citado Departamento de Estado a fin de que instruya al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial a aplicar al pago de la deuda que la Provincia de Mendoza tiene con el Fondo el producido de un Certificado de Participación en el Fideicomiso a constituirse, así como también a suscribir los documentos que resulten indispensables para su cumplimiento.

Bs. As., 23/8/99

VISTO el Expediente Nº 193000228/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS, el artículo 3º de la Ley Nº 24.623, el Decreto Nº 286.del 27 de febrero de 1995, el Decreto Nº 445 del 28 de marzo de 1995, el Decreto Nº 104.del 3 de febrero de 1997, el Decreto Nº 1289.del 4 de noviembre de 1998, el Contrato Modificatorio del Contrato de Fideicomiso celebrado el 25 de noviembre de 1998 entre el BANCO DE LA NACION ARGENTINA como Fiduciario, y el ESTADO NACIONAL, como Fiduciante, con arreglo a lo previsto en el Decreto citado en último término, y

CONSIDERANDO:

Que la PROVINCIA DE MENDOZA ha realizado avances muy significativos en la reforma del Estado, ejecutando prácticamente en su totalidad los procesos de privatización de bancos y empresas estatales y de saneamiento de sus finanzas públicas.

Que la ejecución de esas reformas ha implicado un aumento del endeudamiento provincial, que debe reducirse para consolidar el proceso.

Que la Provincia ha propuesto formar un Fideicomiso con los activos provenientes de la privatización de los Bancos Oficiales provinciales y que han sido incorporados al denominado “ENTE DE FONDOS RESIDUALES DE LOS BANCOS DE MENDOZA S.A. Y DE PREVISION SOCIAL S.A.”, con la finalidad de que con su producido sean canceladas las obligaciones asumidas y aún pendientes de cumplimiento de la PROVINCIA DE MENDOZA con el FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL, manteniendo la Provincia las garantías ya otorgadas al citado FONDO.

Que a dichos efectos resulta necesario facultar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a fin de que instruya al FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL a aplicar al pago de la deuda que la PROVINCIA DE MENDOZA tiene con el FONDO el producido de un Certificado de Participación en el Fideicomiso a constituirse, así como también a suscribirlos documentos que resulten indispensables para el eficaz cumplimiento del presente.

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